La Corte Suprema condenó a una empresa constructora y a la Municipalidad de Estación Central a pagar una indemnización a la familia de un albañil que murió electrocutado cuando trabajaba en un sector de la Villa Portales.

En un fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal acogió la demanda y de esta manera condenó tanto al municipio capitalino como a la empresa Sociedad Consorcio para la Reconstrucción de la Villa Portales Fernández Wood Sagunto Ltda por este hecho que se registró el 6 de marzo de 2014.

Fundan su demanda exponiendo que el día 6 de marzo de 2014, el trabajador, cuando prestaba labores de albañil “tomó una regla de aluminio de seis metros de largo a fin de trasladarla al lugar de su trabajo y que en el trayecto, al sacarla del entorno del edificio en que laboraba, el mencionado objeto hizo contacto con un cable del tendido eléctrico, evento que causó su electrocución y posteriormente su muerte”.

El fallo estableció que el daño se produjo al incumplimiento en que incurrió la empresa en la adopción de todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores”.

El municipio en tanto, “omitió satisfacer su deber de vigilar el cumplimiento, por parte de la empresa contratista, de la normativa relativa a higiene y seguridad”.

De esta manera, la empresa y el municipio deberán pagar una indemnización total de $175.000.000 a la conviviente e hijas de albañil.