Pedir disculpas públicas en la sala de audiencia, bajar la publicación original de Facebook y subir un nuevo post pidiendo perdón que esté disponible durante 15 días, fue lo que determinó el 10° Juzgado de Garantía para Kimberly Bustos Díaz por el delito de injurias y calumnias por medios de comunicación.

Aquella determinación la tomó el juzgado luego que Samuel Salinas Herrara presentara una querella por injurias y calumnias en contra de Bustos Díaz. La querellada había publicado a través de su Facebook un llamado a una funa contra Salinas Herrera acusándolo de haberla tocado en el Metro.

“Funa a este cerdo asqueroso que anda en el Metro tocando el poto. Por favor compartir. Lo publicaré en todos los lugares existentes. No me queda más que eso para bajar un poco la rabia e impotencia”, fue lo que publicó la joven en aquella oportunidad.

Sin embargo, según relató Salinas Hererra en su querella, él negó las tocaciones e indicó que fue su bolso el que la rozó. La situación denunciada ocurrió el jueves 18 de enero de este año alrededor de las 8:00 horas en la Línea 6 del Metro de Santiago. “Ese día la línea de Metro presentó algunas fallas técnicas, razones por las cuales éste avanzaba muy lentamente y con una aglomeración de público superior a los normal”, se indicó en la querella.

A esto, Herrera Salinas agregó que “yo lo hacía con un bolso donde llevaba mi computador, y en el trayecto entre estaciones Lo Valledor y Pedro Aguirre Cerda, subió mucha gente. Entre ellos una joven (hoy la querellada) que se puso detrás mío, al costado derecho, a quien al parecer la rocé con el bolso debido a la aglomeración de público, la que inmediatamente me increpó diciéndome ‘qué te pasa huevón, córrete’, no haciendo mayores comentarios al respecto, ya que se trata de un incidente menor, propio como se dijo de la aglomeración de público”.

Posteriormente relata que él se bajó del Metro y la joven comenzó a tomar fotografías con su celular. Según siguió relatando, al llegar a la tarde a su casa, un familiar de su esposa le indicó que había visto una foto de él en redes sociales con el llamado a funa.

“Había visto unas fotos extraídas de Facebook donde aparecía mi fotografía, subida por la querellada, quien argumentaba que la había tocado el cuerpo, hecho que jamás pudo haber ocurrido, por cuanto ésta viajaba detrás mío y a mi costado derecho, sin perjuicio además de que esta en ningún momento hizo manifestación alguna de haber ocurrido un hecho anormal”.

Bajo esta publicación, había miles de comentarios de personas, donde algunos indicaban que lo conocían, que era habitual verlo haciendo ese tipo de acciones y que ya había sido funado en varias oportunidades. Dentro de los comentarios también había amenazas de muerte.

Dentro de la querella, la defensa pedía una pena de reclusión menor en su grado mínimo y una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (cerca de $473.960) por el delito de calumnia. En tanto, por el delito de injurias graves, se solicitaba una pena de reclusión menor en su grado medio y una multa de 20 UTM (cerca de $947.920). Sin embargo, ambas partes llegaron a un acuerdo y la querellada debió realizar las disculpas públicas y bajar la publicación original.

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Esta situación fue compartida además por Alexis Salinas, hijo del demandante, quien indicó que “como familia sufrimos amenazas de todo tipo y recibimos linchamiento público por las redes sociales (…) Espero que esto no le pase a nadie, ya que hoy en día funar por funar esta muy de moda”

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BioBioChile intentó ponerse en contacto con los involucrados, pero no ha tenido respuesta hasta el momento.

Casos anteriores

Estas disculpas públicas recuerdan al caso de C.A.B.A. que presentó un recurso de protección contra una mujer que había realizado una denuncia ofensiva en su contra a través de Facebook.

En aquella oportunidad, el demandante consideró que C.A.C.G había hecho una serie de imputaciones de carácter difamatorias y deshonrosas en contra de él, donde lo acusaba de no pagar el arriendo de un inmuebles ubicado en Cerrillos.

C.A.C.G realizó estas acusaciones a través de redes sociales donde compartió fotografías de C.A.B.A y su familia. Sin embargo, la justicia determinó que la demandada usó Facebook para denostar a esta persona y le ordenó borrar todas las publicaciones.