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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción que anuló los descuentos en los sueldos de docentes de Hualpén por participar en protestas del Colegio de Profesores. La Municipalidad debe reembolsar los montos descontados al no seguir un proceso administrativo adecuado ni garantizar el derecho a defensa. El presidente del Colegio de Profesoras, Mario Aguilar, celebró el fallo que reafirma que los descuentos no pueden ser arbitrarios. Aguilar destacó la importancia de que se respeten los procesos legales y el derecho a huelga de los docentes.

La Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, que dejó sin efecto los descuentos aplicados en las remuneraciones de los docentes de Hualpén que participaron en las movilizaciones convocadas por el Colegio de Profesores, en el marco de su negociación de la Agenda Corta en mayo y junio pasado.

Recordar que, en su momento, la contralora general de la República, Dorothy Pérez, envió oficios a las municipalidades y SLEPs, indicando que debían descontar de las remuneraciones de las y los docentes las jornadas de movilización.

Sin embargo, la Corte Suprema dictaminó que la Municipalidad de Hualpén debe restituir lo descontado, al efectuar descuentos sin un procedimiento administrativo previo, no verificar individualmente la participación de cada docente y no garantizar su derecho a defensa.

El presidente del Colegio de Profesoras, Mario Aguilar, destacó que “nos parece de la mayor importancia el fallo de la Corte Suprema, que establece que el municipio de Hualpén incurrió en una situación ilegal y arbitraria cuando descontó, sin efectuar los sumarios ni procedimientos administrativos previos”.

El líder Gremial Docente agregó que “este fallo de la Corte Suprema nos da la razón, porque el máximo organismo de la justicia en Chile señala que los descuentos no se pueden realizar arbitrariamente ni con una simple instrucción, como ha pretendido la contralora general de la República. Por lo tanto, nos parece un fallo extremadamente importante”.

Colegio de Profesores valora fallo de la Suprema

Aguilar explicó que “lo que queríamos con estos recursos de protección presentados en distintas zonas del país, que llegaran a la Corte Suprema y ella estableciera este criterio, que a nosotros nos parece razonable y que además estuvo en fallos anteriores, respecto que para proceder con los descuentos debe haber un procedimiento previo, no simplemente la sola instrucción de descontar”.

“Cuando los docentes se adhieren a movilizaciones convocadas por su Gremio, no están incurriendo necesariamente en una falta o en una ausencia injustificada, porque hay un llamado de su organización gremial. El derecho a huelga está garantizado en Chile y está consagrado por convenios internacionales que Chile ha firmado” sostuvo.

Por último, concluyó que “nos parece un fallo importante, que nos da la razón y ahora deberán ajustarse los procedimientos señalados por la Contraloría al respecto”.