No solo en la Universidad Católica de la Santísima Concepción estaba contratado el docente imputado por la violación de un niño de 14 años, ya que este jueves se conoció que también cumplía funciones en la Universidad San Sebastián. Esto, pese a que en 2017 fue condenado por el mismo delito y quedó inhabilitado para trabajar en recintos educacionales.

Este jueves se conoció que el académico imputado por el delito de violación a un adolescente de 14 años, no solo estaba contratado en la Universidad Católica de la Santísima Concepción, sino también en la Universidad San Sebastián. Ambas casas de estudios lo desvincularon.

Jorge Villanueva, biólogo de profesión, accedió a los cargos pese a que tenía una condena previa por el mismo delito, que lo inhabilitó para ejercer en instituciones educacionales, según se estableció en la sentencia dictada en 2017.

En aquella época, el docente fue sentenciado a dos años de presidio efectivo por violar a un niño de 12 años, según lo confirmó la jueza de Garantía, Silvia Jiménez.

La duda que surgió ante este nuevo antecedente es cómo Villanueva logró ser contratado a pesar de la condena efectiva cumplida a fines de 2018, comenzando a ejercer en el Programa Pace de la Universidad Católica penquista en 2019.

Al respecto, Patricia Villagrán, coordinadora ejecutiva del Pace, explicó que el acusado presentó un certificado de antecedentes sin anotaciones, documento después chequeado por el Ministerio de Educación, que dio luz verde a la contratación.

En San Pedro de la Paz, donde residen los dos menores abusados, la situación ha generado preocupación, cuestionando el concejal Marcelo Bersano que las casas de estudios contrataran al biólogo pese a sus antecedentes penales.

Además de aparecer en la lista de condenados por delito sexuales del Registro Civil, la condena de 2017 lo inhabilitó para ejercer en cualquier institución educacional.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)