Una mujer de 40 años fue asesinada presuntamente por su conviviente en la comuna de Santa Juana, región del Bío Bío. El hecho ocurrió al interior de su domicilio. La Fiscal, Carla Hernández, solicitó al Juzgado de Garantía extender la detención del inculpado a la espera del informe de autopsia de la víctima.

Juez de la comuna de Santa Juana, región del Bío Bío, declaró legal la detención del imputado por femicidio contra su conviviente, Marta Núñez Medina, hecho que ocurrió el domingo anterior, pero aplazó su formalización.

José Miguel Toledo Astete, habría llegado ebrio a la casa y, por causas que se investigan, se suscitó una violenta discusión con Marta, a quien habría apuñalado con un arma blanca, provocando su muerte por anemia.

La fiscal, Carla Hernández, solicitó al Juzgado de Garantía extender la detención del inculpado a la espera del informe de autopsia de la víctima, debiendo el Servicio Médico Legal cotejar que la herida mortal sea consecuencia del arma incautada en el domicilio.

“La diligencia que es fundamental para la imputación dice relación con la evacuación del informe de autopsia y al día de hoy no contamos con él y con el comparativo naturalmente del arma que se se presume fue usada por el imputado (…)”, detalló Hernández.

Imputado por femicidio fue enviado a El Manzano

La solicitud fue acogida por el juez, Jaime González, quien, además de fijar para hoy la audiencia de formalización, declaró legal la detención de Toledo Astete, ordenando el ingreso del imputado a la cárcel El Manzano.

“El Tribunal accedió a la petición quedando el imputado a disposición de Gendarmería en calidad de detenido”, señaló González.

El femicidio de Marta Núñez fue perpetrado después de una fiesta en casa de unos familiares, y tras una discusión en el domicilio de la pareja y en presencia de las tres hijas menores de edad, el hombre en estado de ebriedad apuñaló con un cuchillo a la víctima.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)