El BancoEstado cuestionó la intervención del Consejo de Defensa en la causa contra el ex ejecutivo llevado a juicio por una millonaria estafa en la sucursal Concepción.

A diferencia del organismo estatal, que acusó por fraude al Fisco, la entidad bancaria se querelló por la Ley de Bancos que sanciona con penas más bajas el delito.

Continúa en el Tribunal Oral de Concepción el juicio contra el ex ejecutivo del BancoEstado acusado de una millonaria estafa, al gestionar créditos para pymes con antecedentes fraudulentos que le permitieron junto a tres cómplices obtener de la institución estatal cerca de 500 millones de pesos.

Llamó la atención el alegato de apertura del abogado del BancoEstado, Rodolfo Cerliani, quien como querellante deslizó que el Consejo de Defensa no tenía derecho a ser parte del juicio, pues el personal que se desempeña en el banco no tiene la calidad de empleado público y por lo tanto no se está frente a un delito funcionario.

La norma invocada por el BancoEstado contra su ex ejecutivo sanciona la defraudación con penas inferiores a la que conlleva el fraude al Fisco por el que acusó el Consejo de Defensa.

En su alegato de apertura la abogada del organismo, Gisela Inostroza, se refirió justamente a que la acusación por fraude al Fisco es la única aplicable a un empleado del BancoEstado, en su calidad de funcionario público.

Mientras la acusación por la Ley General de Bancos expone al ex ejecutivo a un máximo de 5 años de cárcel, con remisión condicional o libertad vigilada, el fraude al Fisco invocado por el Consejo de Defensa y el Ministerio Público impone hasta 10 años de prisión efectiva, sin la posibilidad de beneficios.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)