Todo partió con una consulta. Dos personas acudieron a la Contraloría para preguntar si era correcto que en el frontis del edificio donde funciona el Gobierno Regional de Valparaíso se instalara un lienzo con un mensaje sobre Palestina, acción ocurrida en 2025.
El cartel decía: “Palestina existe, por los niños de Gaza. 78 años de la Nakba”.
La duda que plantearon era simple: ¿puede un edificio público usarse para exhibir ese tipo de mensajes?
La respuesta del organismo contralor fue también bastante clara: no corresponde.
Contraloría objeta lienzo sobre Palestina en el Gore de Valparaíso
El pronunciamiento se originó a partir de presentaciones realizadas por Andrés Weinstein y Bartolomé Abramovich, vinculados a la comunidad judía de Viña del Mar, quienes solicitaron al ente fiscalizador aclarar si la instalación del lienzo se encontraba dentro de las competencias del Gobierno Regional y de la Delegación Presidencial que comparten el inmueble.
Mediante un oficio, la Contraloría explicó que los gobiernos regionales existen para promover el desarrollo social, cultural y económico de su región. Por lo mismo, los edificios y bienes que utilizan deben destinarse a esos fines.
En palabras simples: si algo se instala en un edificio público, tiene que estar relacionado con la función de esa institución.
Tras revisar el caso, el ente fiscalizador concluyó que el contenido del lienzo no se puede vincular con ninguna actividad o función propia del Gobierno Regional de Valparaíso. Tampoco estaba asociado a alguna iniciativa específica del organismo.
Por lo anterior, determinó que no era procedente instalarlo en el edificio institucional.
La Contraloría recordó un principio básico de la administración pública: los bienes del Estado no pueden usarse para fines ajenos a la función del organismo, algo que se conecta directamente con el principio de probidad administrativa.
En términos prácticos, el dictamen no aplica sanciones, pero sí deja una instrucción.
Pronunciamiento de la Contraloría
“En dicho contexto, resulta pertinente advertir que el contenido del lienzo en cuestión, no permite relacionarlo con el cumplimiento de algún fin institucional, en miras a alcanzar un desarrollo social, cultural y económico de la región, como ordena la normativa antes referida, considerando especialmente que este no se vinculaba a ninguna actividad en particular llevada a cabo por dicho Gobierno Regional para el cumplimiento de los mencionados objetivos, motivo por el cual no resultó procedente su instalación.
En consecuencia, el Gobierno Regional de Valparaíso deberá, en lo sucesivo, ajustar su accionar a lo señalado en el presente pronunciamiento y, en especial, adoptar las medidas que correspondan con el objeto de asegurar que en el edificio institucional solo se instalen y permanezcan objetos y enseñas que se adecuen a la normativa y jurisprudencia previamente indicada”.
Situaciones previas
El pronunciamiento se conoce en medio de otra resolución reciente del organismo contralor sobre hechos similares ocurridos en municipios de la región Metropolitana. Hace pocos días, el organismo instruyó a las municipalidades de Puente Alto y La Cisterna no volver a izar la bandera del Estado de Palestina en dependencias municipales tras revisar ceremonias realizadas durante 2025.
Según el oficio, el 23 de junio de ese año se izó la bandera palestina en el frontis del municipio de Puente Alto y también en el Centro Cultural Juan Estay. Al día siguiente ocurrió algo similar en La Cisterna.
Los municipios explicaron que se trató de una visita protocolar de la embajadora de Palestina en Chile, en el marco de actividades destinadas a promover la integración de comunidades extranjeras.
Pero la Contraloría llegó a la misma conclusión que ahora en el caso de Valparaíso: no corresponde usar bienes públicos para ese tipo de actos, porque no están directamente relacionados con las funciones propias de los municipios. Por eso, ordenó a ambas municipalidades tomar medidas para evitar que vuelva a ocurrir.