La Corte de Apelaciones de Iquique anuló esta semana el juicio que condenó a Jhonatan Cañon por el femicidio de Yuri Pizarro, ocurrido en junio del 2022.

La corte consideró que la víctima no era una “persona biológicamente mujer”, por lo que ordenó rehacer el juicio.

La dirigente trans Yuridia Pizarro, era dueña de la panadería San Pedro y primera bailarina trans en formar parte de la agrupación de bailes religiosos de San Lorenzo.

El 29 de mayo del 2022 fue reportada como desaparecida, mientras que el 2 de junio del 2022 su cuerpo fue encontrado semienterrado en un sitio eriazo de la ruta 1, costa sur de Iquique.

Su sobrina, Janka Pierola Pizarro, relató en ese entonces que fue una vecina de su tía quien dio cuenta de su ausencia en su casa, quien extrañada por el hecho, advirtió a los familiares de la mujer.

Dos años después, cuando el autor del crimen había sido condenado a presidio perpetuo, la Corte acogió el recurso de nulidad solicitado por su defensa y declaró nula la sentencia.

El argumento que utilizaron, según consignó Radio Paulina, fue que los juzgadores efectuaron una aplicación errónea del derecho en relación a la calificación jurídica de “femicidio”.

Sin embargo, según indicó el medio, el juez Pedro Güiza estuvo en contra de anular el juicio, pues quedó acreditado con los antecedentes probatorios rendidos en el juicio, que la víctima se identificaba como mujer, por lo que los sentenciadores concluyeron que la identidad de género de la víctima coincidía con el de una mujer.

Fallo de la Corte de Apelaciones

“Sobre esa base, entonces, enfrentados al análisis de la figura típica propuesta por el Persecutor, esto es, el delito de Femicidio (…), debe observarse que éste no cotempla en su redacción como sujeto pasivo de la acción que describe, a una mujer transgénero“, dice el fallo.

Sino que se limita a emplear la expresión mujer, razón por la cual no cabe sino comprender, a la luz de la descripción que hace el legislador (…), que el señalado injusto sólo contempla como titular del bien jurídico protegido, a una persona biológicamente mujer“, finaliza.

Reacciones al fallo de la Corte

“Este fallo es funesto y uno de las más transfóbicos conocidos en Chile en los últimos años. Decir que una persona no es hombre o mujer, según se percibe, solo por ser trans, violenta los derechos humanos más básicos y es contrario a la legislación vigente”, señaló la vocera del Movilh, Javiera Zúñiga.

“Si bien sí o sí deberá haber un segundo juicio, esperamos que la Suprema acoja los argumentos de la Fiscalía y emita una sanción disciplinaria contra los dos jueces transfóbicos responsables de este abuso. Y por cierto, esperamos que en el segundo juicio se reconozca que Yuridia era una mujer, se respete su memoria e identidad y se haga verdadera justicia”, finalizó el Movilh.

A través de su cuenta de Twitter, la diputada Emilia Schneider lamentó el fallo y lo calificó como como una muestra de “transodio institucional”.

“Absurdo e inaceptable. La justicia decide dejar en impunidad un crimen de odio. Esto es lo que llamamos transodio institucional. No se entiende esta falta de criterio. Impunidad y mal gasto de tiempo y recursos”.

Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al 149 de Carabineros, recibe orientación llamando al número corto 1455 del Sernameg.