La Corte Suprema acogió un recurso de casación y aumentó la indemnización que la minera Codelco -división “El Teniente”- deberá pagar a la familia de un trabajador que murió por silicosis.

En los más de 30 años que prestó servicios al interior del yacimiento ubicado en la región de O’Higgins, la patología que le provocó finalmente la muerte en junio de 2014.

En la sentencia se confirmó la resolución que estableció la responsabilidad de la empresa en el fallecimiento del trabajador. Además, se consideró insuficiente el monto de la indemnización por daño moral, regulado para sus cercanos.

“Para resolver el asunto es necesario tener presente que la exigencia de congruencia contenida en el recurso de apelación no puede ser desoída. Por el contrario, debe ser examinada por esta Corte”, indicó la Corte.

El organismo continuó diciendo que: “tampoco es posible soslayar que al ejecutar esta labor, los magistrados no pueden actuar guiados por la sola intuición o el mero capricho”.

Resolución

La resolución agrega que: “En ese entendido, la Corte Suprema se encuentra impedida de introducir un elemento nuevo en la resolución del litigio”.

Lo anterior, ya que se trata de un asunto de naturaleza civil, son las partes las llamadas a señalar los límites del debate y precisar cuáles son los hechos. Esto, además de las alegaciones por la jurisdicción ha de emitir pronunciamiento y en el caso en examen.

“Por otra parte, es necesario dejar explícitamente asentado que en autos ha quedado suficientemente demostrado tanto el daño moral demandado. Así también como la existencia del vínculo causal alegado entre los hechos atribuidos y los perjuicios padecidos”, advierte.

Para la Tercera Sala: “Si bien esta Corte comparte el parecer de acoger la demanda deducida en autos. Esto, además condenar a la demandada a resarcir a los actores los perjuicios sufridos por éstos, no coincide con la avaluación del monto adecuado en primera instancia”.

“(…) a lo que se debe adicionar que, en su último período de vida, sus facultades menguaron de tal manera que su núcleo familiar debía permanecer en constante vigilia. Además, alerta para atenderlo y socorrerlo ante las crisis que, eventualmente, podían quitarle la vida”, indicó.

“Por lo anterior, se elevó el monto fijado como indemnización por el daño moral sufrido por los actores a las cifras propuestas en la prevención del Ministro señor Pairicán. Esto es, a la suma de $45.000.000 aquella establecida en favor de María Mery Medina Sepúlveda y a $10.000.000 a sus tres hijos, Manuel Eduardo, Jorge Andrés y Christian Alfredo”, concluye.