El también excandidato a diputado fue condenado por ignorar una señal de “ceda el paso” y colisionar contra un taxi que iba con dos clientes. Su defensa recurrió a la Corte para que se revoque el fallo.

El Primer Juzgado de Policía Local de Punta Arenas condenó al dirigente deportivo, Luis Burgos Sanhueza, al pago de casi 7.600.000 de pesos por protagonizar un violento accidente de tránsito en el centro de la ciudad.

El exconcejal de Punta Arenas y excandidato a diputado por el Distrito 28, fue condenado por infringir la Ley de Tránsito.

De acuerdo al fallo, el 17 de diciembre del 2021 conducía su station wagon marca BMW por calle Errázuriz. Al llegar a la intersección con avenida España no respetó la señal de “ceda el paso” y colisionó contra un taxi marca Chevrolet que transportaba a dos pasajeros.

Los vehículos resultaron con daños de consideración en su carrocería. Además, tres personas –incluyendo los conductores– resultaron lesionadas y debieron ser asistidas por los enfermeros del SAMU.

Las responsabilidades del accidente se resolvieron en el Primer Juzgado de Policía Local de Punta Arenas, según publica El Pingüino.

Tras una tramitación, que se extendió por casi un año, en diciembre pasado el tribunal resolvió que Burgos Sanhueza “conducía sin encontrarse atento a las condiciones del tránsito y no respetó el derecho preferente de paso del taxi básico”.

Como sanción, el magistrado Jaime Araneda ordenó que el responsable pague 7.500.000 millones de pesos a la dueña del vehículo que era utilizado como taxi. Además, deberá cancelar una multa de 1,5 UTM –cerca de 90 mil pesos– a beneficio municipal por infringir la Ley de Tránsito.

El fallo aún no está ejecutoriado, ya que el condenado recurrió a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas para que se revoque lo resuelto en primera instancia, pues alegan que la víctima conducía a exceso de velocidad.

El recurso fue declarado admisible y está a la espera de ser puesto en tabla.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)