La Corte Suprema confirmó los límites oficiales del Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter de Valdivia, en la región de Los Ríos.

La Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado por un copropietario del predio Tres Bocas, que está dentro del Santuario de la Naturaleza Rio Cruces y Chorocamayo, Sitio Ramsar Carlos Anwandter de Valdivia.

Esta persona argumentaba que el lugar es una península adosada al continente con un terraplén y no una isla, lo que la dejaba dentro del espacio protegido, sin poder ejercer su derecho de propiedad.

Sin embargo, para la Corte Suprema el lugar sí es una isla en el lecho del Río Cruces, tras la conceptualización científica de la geografía que la cataloga como una isla fluvial, tema que consideró el Ministerio de Medio Ambiente al confeccionar la cartografía oficial del Santuario.

La cartera entendió que la isla fue intervenida con la construcción de un terraplén, por tanto, una construcción artificial ejecutada sobre un bien nacional de uso público, que además constituye una zona de protección de exclusión de intervención. El terraplén no reviste la entidad suficiente para alterar la definición geográfica de ese lugar.

Con ello, la Suprema ratificó el fallo del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, que el año pasado rechazó la reclamación formulada por el mismo copropietario a los límites oficiales que había determinado el Ministerio de Medio Ambiente en 2015, tema que fue relevado por el seremi del ramo en Los Ríos, Daniel del Campo.

Para el presidente del Consejo Consultivo del Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter, José Araya, este fallo es relevante, porque da certeza jurídica para el plan de manejo en el espacio protegido y a quienes pretendan generar inversiones o iniciativas de desarrollo en el lugar.

Con este fallo, la Corte Suprema zanjó una controversia que se arrastra desde 2014, confirmando así los límites oficiales del Santuario Carlos Anwandter, el primer Sitio Ramsar del país.