La Corte Suprema rechazó un recurso de nulidad respecto a una sentencia dictada por tribunales en contra de un hombre que robó en bienes nacionales de uso público en La Unión en 2017, y que fue condenado a tres años y un día de cárcel

El hecho se remonta a diciembre de ese año, cuando el acusado se desplazaba en la vía pública por calle Los Carrera en horas de la madrugada con un saco, en cuyo interior portaba diversas especies, donde sobresalía -entre otras- una pala.

El imputado, al ver la presencia policial que se acercaban a realizar un control de identidad, intentó huir pero fue aprehendido para revisar sus especies, considerando que minutos previos Carabineros recibió una denuncia por el delito de daños en un automóvil, al que le habían quebrado un vidrio para extraer una radio, una pala, una cuerda, un cargador de MP3, destapadores para botellas, entre otros.

Al ser formalizado, el detenido fue condenado a cárcel, por lo que su defensa solicitó la nulidad del juicio, acusando vicios en el procedimiento y vulneración a las normas legales que orientan el proceder judicial.

Considerando la evidencia, la proximidad de tiempo y lugar de los hechos, la Corte Suprema determinó que los funcionarios policiales se encontraban habilitados para llevar a cabo el control de identidad, y por consiguiente el registro de las especies, confirmando que no existió infracción a alguna garantía constitucional, como lo denuncia la defensa.

De tal manera el recurso de nulidad fue desestimado, y el imputado Luis Orlando Delgado Álvarez, fue condenado a una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, como autor de un delito consumado de robo de especies ubicadas en bienes nacionales de uso público.