Reclusión para tres personas, correspondientes a dos profesionales a cargo de los trabajos que se realizaban en el viaducto y un inspector fiscal de vialidad, solicitó la Fiscalía tras el cierre de la investigación penal por el colapso del puente Cancura, ocurrido hace casi cinco años en la región de Los Lagos.
A casi 5 años del colapso y caída del puente Cancura en Osorno, región de Los Lagos, la Fiscalíacerró la investigación en la causa penal.
Piden reclusión para dos profesionales a cargo de los trabajos que se realizaban en el viaducto y un inspector fiscal de vialidad.
El próximo 23 de junio, se cumplen 5 años de la tragedia que terminó la madrugada de ese día con la vida de un joven de 24 años.
A ello, se suman las seis personas que resultaron heridas luego que un automóvil cayera al vacío desde el viaducto.
Lo anterior, tras desplomarse un segmento del puente Cancura, lo que dio paso a una investigación que -tras sumar abultados informes y complejas pericias- tiene un fin en su causa penal.
El encargado de la Fiscalía de Rio Negro y parte del equipo de la Fiscalía Regional, Daniel Alvarado, confirmó un procedimiento simplificado en contra de dos profesionales a cargo de la obra y un inspector fiscal de la Dirección de Vialidad, a quienes se les solicitan penas de 540 días de reclusión en su grado mínimo.
El requerimiento se logró mediante una compleja investigación en la que intervinieron 52 testigos, 20 peritos, cientos de medios de prueba documentales, registros fotográficos y audiovisuales, además de informes concluyentes de Contraloría Regional Los Lagos, agregó Alvarado.
Ante el cierre de la investigación, la Fiscalía informó a las seis victimas de lesiones y al padre del joven fallecido.
En tanto, el tribunal respectivo estableció audiencia para juicio simplificado para el 13 de septiembre.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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