Imagen de archivo de Poder Judicial; y captura de video (Fiscalía Araucanía) | Edición BBCL
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El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco sentenció a Renán Antonio Brayan Díaz Martínez a más de 10 años de cárcel por intentar atropellar a un carabinero en servicio, conducir drogado, sin licencia y a 190 km/h. La condena incluye 10 años y 1 día por maltrato de obra a Carabineros, 61 días por drogarse al conducir sin licencia, multa y suspensión de licencia. También le impusieron 21 días de cárcel y más suspensión por exceso de velocidad. Todas las penas serán efectivas y consecutivas, iniciando por la más grave, y se le descontará el tiempo en prisión preventiva.
El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó al conductor Renán Antonio Brayan Díaz Martínez a una pena total que supera los 10 años de presidio efectivo -cárcel- por intentar atropellar a un carabinero en servicio, además de conducir bajo la influencia de drogas, sin licencia y excediendo el límite de velocidad permitido tras ser sorprendido manejando a 190 kilómetros por hora, un hecho cometido en mayo del año pasado en el Peaje de Púa en la comuna de Perquenco –región de La Araucanía-.
La sentencia establece que el condenado deberá cumplir 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio por el delito principal, que es maltrato de obra a Carabineros causando muerte en grado de frustrado.
La información la confirmó a Radio Bío Bío el fiscal jefe de la comuna de Lautaro, Miguel Ángel Velasquez.
Además, el tribunal declaró responsable al chofer de conducir bajo los efectos de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y sin contar con licencia de conducir, delito por el cual deberá cumplir 61 días de presidio menor en su grado mínimo, pagar una multa de 2 unidades tributarias mensuales (UTM) y afrontar la suspensión de su licencia por dos años.
A esto se suma una falta por exceso de velocidad, sancionada con 21 días de prisión en su grado medio y la suspensión de su licencia de conducir por seis meses adicionales.
Según lo resuelto, todas las condenas deberán cumplirse de manera efectiva y sucesiva, comenzando por la de mayor gravedad.
Al tiempo total se le abonará el período que el acusado ha permanecido en prisión preventiva por esta causa. Es decir, desde el 22 de mayo de 2025 hasta la fecha del fallo.
La sentencia fue resuelta por los jueces titulares Priscila Frantzen, Leonel Torres Labbé y Rocío Pinilla.
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