La acción legal interpuesta por su defensor público busca que J.P.P.V. sea devuelto al Centro de Detención Provisional de Traiguén -donde estuvo recluido en principio- ya que en dicha ciudad, sostiene el recurso de amparo, tiene “arraigo familiar”, toda vez que atenta contra el principio de presunción de inocencia. Tribunal de alzada solicitó un informe al Juzgado de Letras y Garantía de Traiguén que deberá ser remitido en 48 horas para saber en qué se basó la decisión de traslado.

El defensor penal público Valentín Vergara, quien patrocina al funcionario del Poder Judicial formalizado por tenencia ilegal de armas y explosivos, interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Temuco para dejar sin efecto el traslado de su defendido, J.P.P.V., desde el Centro de Detención Provisional (CDP) de Traiguén al CDP de Valdivia.

El contenido de la acción apunta que su defendido “tiene derecho a permanecer privado de libertad en el centro de cumplimiento penitenciario más cercano a su domicilio y residencia habitual”. En otras palabras, que cumpla la medida cautelar más gravosa en el penal de Traiguén, arguyendo que “tiene arraigo social y familiar” en la mencionada ciudad.

La decisión de trasladar a J.P.P.V. se concretó el pasado 8 de abril en una audiencia de cautela de garantías y se fundamentó en un oficio de Gendarmería. Este último señalaba que la seguridad del exoficial de actas de la judicatura corría peligro en el CDP de Traiguén. Y no solo él, sino también los otros internos que permanecen en el recinto.

Dentro de los argumentos esgrimidos por el organismo de prisiones se consideró también el peligro de fuga y que el penal de Valdivia contaba con mejores condiciones de seguridad y segregación criminógena.

El recurso de amparo incoado en el tribunal de alzada sostiene que el traslado, en menos de 24 horas desde que se le imputaron cargos a J.P.P.V., “transgrede el principio de inocencia”.

En la oportunidad, el tribunal coincidió con lo esgrimido por Gendarmería, estimando que el cambio de lugar de detención hacia la capital de la región de Los Ríos, se ajustaba a una medida de seguridad imperativa.

En todo caso, en el anexo del amparo se incluyó un informe preparado por una asistente social, donde se describe la situación de salud y familiar, recomendando reevaluar su traslado.

La presentación judicial fue acogida a tramitación este viernes, y desde el tribunal de alzada se envió un oficio al Juzgado de Letras y Garantía de Traiguén, donde mismo trabajaba J.P.P.V., solicitando un informe dentro del plazo de 48 horas para saber en qué se basó la decisión de traslado.

Lea el recurso

La denuncia

J.P.P.V. fue detenido la noche del pasado 5 de abril cuando efectivos del OS-7 de Carabineros de Temuco llegaron a su domicilio a raíz de una denuncia anónima por cultivo de marihuana, realizada en la Fiscalía de Traiguén el 24 de febrero del corriente.

En la oportunidad el funcionario judicial se negó a que la policía uniformada ingresara a su domicilio de forma voluntaria, porque no se había decretado una orden judicial para realizar la diligencia.

Por esta razón, Carabineros debió contactar al Ministerio Público para obtener la autorización de un juez, cuyo trámite duró cerca de dos horas. Lo anterior porque dos magistrados del Juzgado de Garantía de Traiguén, y una jueza del Juzgado de Garantía de Victoria, se inhabilitaron para resolver la petición, atendido que conocían al imputado y ello podría afectar su imparcialidad.

Mientras esperaban la autorización, según quedó registrado en el parte policial, los efectivos del OS-7 notaron que J.P.P.V. arrojó una serie de objetos hacia domicilios colindantes, por lo que la diligencia también incorporó predios cercanos a su vivienda.

En el procedimiento, fueron requisadas armas de grueso calibre, munición de guerra y explosivos. Entre lo incautado destaca 1 fusil FAL calibre 7.62, 27 cartuchos calibre 7.62 sin percutir, 1 pistola Colt calibre 45 con su serie borrada, 1 rifle calibre 22, 1 bolsa contenedora de explosivo C4, entre otros objetos. Fue detenido en flagrancia, según expuso la fiscalía en la audiencia de formalización.