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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Hombre es condenado a 4 años de presidio por secuestro en Ovalle. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la comuna lo halló culpable y lo sentenció a prisión efectiva, además de la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y públicos. El hecho ocurrió en junio del 2024, cuando la víctima fue intimidada, golpeada y encerrada en un inmueble por el condenado y otros implicados, siendo trasladada luego a otro lugar donde logró escapar. El tribunal consideró los actos como secuestro y la extrema vulnerabilidad de la víctima, por lo que acogió la petición del Ministerio Público. Una vez firme la sentencia, se tomará muestra de ADN al condenado para registro nacional.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a un hombre de iniciales A.A.C.A., en calidad de autor, a la pena de 4 años de presidio efectivo por el delito de secuestro en la comuna antes mencionada.

A esto se suma las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

En fallo unánime, el tribunal dio por acreditado que aproximadamente a las 13:30 horas del 1 de junio del 2024, en un sector cercano el Hospital de Ovalle, sujetos desconocidos se aproximaron a la víctima, quienes mediante la utilización de armas lo intimidaron, golpearon y trasladaron en contra de su voluntad hasta el inmueble ubicado en la población 8 de julio, comuna de Ovalle, lugar donde reside y se encontraba A.A.C.A., el que junto a los desconocidos mantuvieron a la víctima encerrada, amarrada de pies y manos y con constantes golpes.

Luego, a las 22:00 horas aproximadamente del mismo día, los sujetos lo trasladaron contra su voluntad en un vehículo motorizado hasta el sector de Las Minillas, comuna de Río Hurtado, lugar donde finalmente la víctima pudo escapar.

Secuestro en Ovalle

Para el tribunal, los hechos “(…) son constitutivos de un delito de secuestro, previsto y sancionado en el artículo 141 del Código Penal”.

“(…) Considerando la naturaleza del delito por el que se encuentra condenado, y la actitud mantenida durante el encierro de la víctima, habiéndolo maltratado y golpeado estando la persona en un estado de extrema vulnerabilidad –atado y amordazado–, es que el tribunal estima prudente acoger la petición del Ministerio Público”, señala el escrito.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.