El Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación de Albemarle y mantuvo una multa cercana a $4 mil millones por dos episodios de sobreextracción de salmuera en el Salar de Atacama.
El Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación de Albemarle y mantuvo la multa de 4.713 UTA, equivalente a cerca de $4.060 millones, aplicada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por dos infracciones vinculadas a la extracción de salmuera en el Salar de Atacama y al incumplimiento de medidas contempladas en su Plan de Alerta Temprana.
El fallo, dictado el 25 de septiembre y visto por este medio, concluyó que la sanción contra la empresa por la operación de su Planta Cloruro de Litio se ajustó a derecho y rechazó todos los cuestionamientos presentados por Albemarle.
En simple, la SMA detectó dos episodios distintos que, sumados, representan 963.912 metros cúbicos de salmuera extraídos por sobre los límites que correspondían.
Las infracciones fueron detectadas en la unidad fiscalizable Planta Cloruro de Litio de la empresa y corresponden a obligaciones establecidas en la RCA del proyecto ‘Modificaciones y Mejoramiento del Sistema de Pozas de Evaporación Solar en el Salar de Atacama’.
Tribunal Ambiental ratifica fallo contra Albemarle en proyecto de litio
La primera infracción ocurrió entre octubre de 2019 y septiembre de 2020. Albemarle tenía autorizado un promedio máximo de extracción de 442 litros por segundo, pero llegó a 452,3 litros por segundo. Aunque la diferencia fue de un 2,3%, significó 324.395 metros cúbicos de salmuera extraídos por sobre lo permitido.
Albemarle extrae salmuera natural con una concentración cercana al 0,2 % de litio en el Salar de Atacama para producir sales y compuestos de litio. Lo hace mediante campos de pozos, donde se generan sales concentradas de litio.
La empresa cuestionó la forma en que la SMA calculó ese límite, pero el Tribunal descartó sus argumentos y concluyó que la obligación estaba suficientemente definida antes de que ocurrieran los hechos.
La segunda infracción estuvo relacionada con el Plan de Alerta Temprana (PAT), mecanismo que obliga a tomar medidas cuando los niveles del agua subterránea bajan de determinados umbrales.
Según la sentencia, el 2 de febrero de 2021 se activó la alerta en el pozo BA-07. Desde ese momento, Albemarle debía avisar a la SMA y reducir en 60 litros por segundo sus extracciones. Sin embargo, la reducción recién comenzó en abril.
El propio fallo señala que el retraso “se traduce a un volumen equivalente de 639.517 metros cúbicos de salmuera sobreextraída para el periodo de febrero y marzo/2021”.
Además, establece que la empresa debía notificar la activación dentro de cinco días hábiles y reducir la extracción, obligaciones que “no se hayan cumplido”. La sentencia consigna que Albemarle no adoptó las medidas correspondientes sino hasta dos meses después.
Tribunal mantiene multa cercana a $4 mil millones
Por ambos incumplimientos, la SMA aplicó una sanción total de 4.713 UTA: 1.279 UTA por la primera infracción y 3.434 UTA por la segunda. Al valor de la UTA de septiembre de 2026, el monto equivale a cerca de $4.060 millones.
Albemarle también buscó invalidar la sanción argumentando que el procedimiento había tardado demasiado: comenzó en marzo de 2022 y terminó en septiembre de 2025.
El Tribunal rechazó ese planteamiento y determinó que el proceso no había perdido su eficacia. También respaldó que los incumplimientos fueran considerados graves, pues estaban relacionados con medidas centrales destinadas a prevenir los efectos ambientales de la operación.
En sus conclusiones, la sentencia sostuvo que la resolución de la SMA “se ajusta a derecho y se encuentra debidamente fundada” y rechazó la reclamación de Albemarle en todas sus partes.
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