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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La exalcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, podría salir libre en los próximos días gracias a una estrategia judicial que busca descontar el tiempo que estuvo en prisión en Países Bajos. La defensa argumentará ante el tribunal que este período debe ser reconocido como parte de su condena por fraude al Fisco. Chile se comprometió oficialmente a descontar este tiempo durante el proceso de extradición. Este argumento se basa en un precedente de la Corte Suprema en el caso de Facundo Jones Huala.

La defensa de la exalcaldesa de Antofagasta solicitará que se le abone el tiempo que permaneció privada de libertad en Países Bajos, incluido el período durante el cual se tramitó su extradición. El argumento se apoya en un criterio que ya fue acogido por la Corte Suprema en el caso de Facundo Jones Huala, donde el máximo tribunal reconoció el tiempo de reclusión en el extranjero para dar por cumplida la condena.

La exalcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, podría abrir un nuevo frente judicial que, de prosperar, podría dejarla en libertad en los próximos días, tras su extradición a Chile desde Países Bajos y su internación como reo rematada en el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín.

La estrategia ya está definida. Según información que maneja Radio Bío Bío, la defensa solicitará ante el tribunal que se reconozca como abono el período que Rojo permaneció privada de libertad en Países Bajos tras su captura, el 13 de julio de 2022, en Rotterdam, Holanda, así como el tiempo durante el cual se tramitó su extradición, invocando normas de derecho internacional y un precedente fijado por la Corte Suprema en un caso de alta connotación pública: el de Facundo Jones Huala.

La audiencia quedó fijada para este viernes y, según confirmaron desde el entorno de la exjefa comunal, el eje de la presentación será precisamente el reconocimiento del tiempo de encarcelamiento cumplido en Europa, el que, sostienen, debe descontarse de la condena que pesa sobre Rojo por fraude al Fisco.

El argumento no es nuevo. De hecho, fue expresamente reconocido por el propio Estado de Chile durante el proceso de extradición ante las autoridades neerlandesas.

En la respuesta oficial enviada por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Reino de los Países Bajos, Chile aseguró que Karen Rojo no cumpliría prisión preventiva una vez entregada, sino únicamente “el saldo de pena pendiente”, agregando expresamente que dicho tiempo “se computará restando al tiempo de reclusión el período que la extraditable haya cumplido de presidio efectivo en Países Bajos, con ocasión de la petición de extradición promovida por la República de Chile”.

Esa afirmación, que formó parte de las garantías entregadas por Chile para obtener la extradición, es hoy uno de los pilares de la estrategia jurídica de la defensa.

El precedente de Jones Huala

La apuesta de Karen Rojo encuentra sustento en un fallo dictado por la Segunda Sala de la Corte Suprema el 16 de agosto de 2024.

En esa oportunidad, el máximo tribunal acogió un recurso de amparo presentado por Facundo Jones Huala y ordenó su libertad inmediata, concluyendo que la condena ya se encontraba íntegramente cumplida.

La Corte estimó que el tiempo que el dirigente mapuche permaneció privado de libertad en Argentina durante la tramitación de su extradición debía descontarse del saldo de la pena fijado por Chile. Tras efectuar ese cálculo, determinó que el condenado ya había cumplido completamente la sanción, por lo que mantenerlo encarcelado constituía una privación de libertad ilegal.

En esa línea, la Corte Suprema de nuestro país sostuvo que no podía desconocer las condiciones bajo las cuales obtuvo la cooperación internacional para concretar la extradición. En ese sentido, recordó que estos procedimientos se rigen por tratados internacionales y que el Estado requirente queda obligado por el saldo de condena informado al país requerido.

Los ministros agregaron que desconocer esas condiciones implicaría incumplir obligaciones derivadas del derecho internacional y vulnerar el principio de buena fe que rige la interpretación de los tratados.

Precisamente ese razonamiento es el que ahora buscará trasladar la defensa de Karen Rojo.

La promesa hecha a Países Bajos

La diferencia entre ambos casos radica en que Jones Huala fue extraditado desde Argentina bajo el Acuerdo de Extradición del Mercosur, mientras que Rojo fue entregada por el Reino de los Países Bajos.

Sin embargo, la defensa estima que el principio es exactamente el mismo.

Ello, porque fue el propio Estado chileno el que informó oficialmente a las autoridades neerlandesas que el período de encarcelamiento cumplido en ese país sería descontado de la condena pendiente en Chile.

En otras palabras, la posición que hoy sostendrá la defensa no solo se apoya en un precedente de la Corte Suprema, sino también en una garantía formal entregada por Chile durante el proceso internacional de extradición.

¿Puede quedar libre?

La respuesta dependerá del cálculo definitivo que realice el tribunal respecto del tiempo efectivamente cumplido por Karen Rojo en Países Bajos y del saldo que resta de la condena de cinco años y un día de presidio efectivo.

Si el tribunal acoge íntegramente la solicitud de abono, más otras consideraciones, y concluye que la pena ya fue satisfecha o que el tiempo restante ya se encuentra cumplido, Rojo podría recuperar su libertad sin necesidad de permanecer recluida en un recinto penitenciario. En simple, salir caminando desde la cárcel de Mujeres de San Joaquín.