A casi un mes de la entrada en régimen de la Ley de Seguridad Privada en el país, la subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, y el subsecretario de Seguridad Pública, Rafael Collado, lideraron la constitución de una fuerza de tarea para permitir la correcta puesta en marcha de la normativa.
Desde el Gobierno se estableció un cronograma de presentación de los instrumentos de seguridad privada, a fin de dar cumplimiento a los plazos legales de la ley, las nuevas obligaciones, y también la identificación de necesidades, brechas y propuestas del sector privado frente a la normativa.
La subsecretaria Leitao sostuvo que “esta implementación ocurre en un contexto en el cual participa una industria muy grande de prestadores del servicio de seguridad privada, muchas
entidades obligadas por ley y otras que van a ser determinadas por la Subsecretaría de Prevención del Delito”.
“Esto reviste una serie de transformaciones desde el punto de vista de cómo se ejerce esta actividad y cómo se fiscaliza. Esta ley representa un cambio estructural en cómo funciona tanto las autorizaciones como el trabajo de esta industria tan importante para nuestro país, por eso es necesario ir acompañando este proceso de seguimiento e implementación”, apuntó.
Además, la autoridad indicó que se “está desarrollando una plataforma tecnológica que permita que todas las autorizaciones y certificaciones pasen a realizarse en una plataforma que va a permitir, obviamente, hacer más eficaz los procedimientos, digitalizar estos procesos que son más complejos, en una plataforma que sea, además, interoperable en muchos ámbitos”.
Por su parte, Aldo Vidal, representante de la Asociación de Empresas de Seguridad Privada y Transporte de Valores, dijo que “creemos que estas instancias del trabajo público privado son las que finalmente permiten tener un mejor desarrollo y una mejor implementación. Hoy día la seguridad privada tiene un rol de coadyuvancia a la seguridad pública y un elemento importante a considerar es que la incorporación de medidas de seguridad, la definición de riesgos de seguridad, nuevos criterios técnicos y la definición de una matriz de riesgo, van a permitir mejorar las capacidades que tiene la seguridad privada”.
Nuevo marco regulatorio de la Ley de Seguridad Privada
Con la aprobación de los reglamentos de eventos masivos y de seguridad privada, la nueva normativa establece un régimen que contempla nuevos requisitos para que personas naturales y empresas de seguridad puedan ejercer actividades de seguridad privada.
Asimismo, define las empresas y entidades que estarán obligadas a contar con la misma a través de la actualización de protocolos, reglamentación, equipamiento y estrategias, tanto en eventos masivos como en servicios críticos, lo que será fiscalizado por la Subsecretaría de Prevención del Delito.
Para las entidades obligadas, la ley conlleva una serie de nuevos desafíos y obligaciones a las empresas de transporte de valores, instituciones bancarias y financieras, y empresas de apoyo al giro bancario que reciban o mantengan dinero en sus operaciones. Finalmente, exige estudios de seguridad para evaluar riesgos y acciones para su correcto funcionamiento.