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La Sala del Senado aprobó el proyecto de ley que restablece la multa para quienes no voten en las elecciones, con excepciones por enfermedad, ausencia del país, estar a más de 200 km del lugar de votación o tener certificación de discapacidad. La norma fija una multa de 0,5 a 1,5 UTM (aprox. $35.000 a $103.000), menor a la propuesta inicial de más de $200 mil. La única oposición fue del senador Pedro Araya.
La Sala del Senado aprobó la tarde de este miércoles el proyecto de ley que busca reponer la multa para quienes no cumplan con su deber de concurrir a votar.
La votación fue prácticamente unánime, con la única excepción del senador Pedro Araya, quien ya había adelantado que no respaldaría la iniciativa.
Con este resultado en el Senado, la propuesta avanza ahora a su tercer trámite legislativo, donde será la Cámara de Diputadas y Diputados la encargada de revisar y pronunciarse sobre el proyecto de ley que multa a quienes no concurran a votar.
Cabe recordar que el proyecto había llegado a la Cámara Alta sin sanciones para los electores ausentes, lo que fue modificado a través de una indicación del Ejecutivo.
Esta establece que “el ciudadano que no vote en las elecciones será sancionado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 1,5 unidades tributarias mensuales (UTM)”, lo que equivale aproximadamente a entre $35.000 y $103.000.
La normativa contempla excepciones, como por ejemplo enfermedad, ausencia del país, encontrarse a más de 200 kilómetros del local de votación, o bien contar con certificación de discapacidad.
El monto de la sanción finalmente quedó reducido respecto de la propuesta inicial que había salido desde la Cámara Baja, donde la cifra podía superar los $200 mil, lo que derivó en una polémica discusión parlamentaria.
APROBADO✅| La Sala del Senado aprobó el proyecto que modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, para sancionar el incumplimiento de la obligación de sufragar.
Pasa a tercer trámite constitucional a la @Camara_cl.
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