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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema acogió requerimiento del Colegio de Abogados de Chile para garantizar derecho a alegar por videoconferencia. Revirtió resolución de Corte de Apelaciones de Valparaíso que restringía comparecencia remota. Instruyó a cortes cumplir artículos 223 y 223 bis del Código de Procedimiento Civil. Presidente del Colegio de Abogados destacó como derecho, no facultad. Académico y abogada valoraron medida que facilita representación en distintas regiones.

La Corte Suprema instruyó a las Cortes de Apelaciones del país permitir la comparecencia de abogados mediante videoconferencia, tras revocar la decisión que tomó la Corte de Valparaíso en torno a la presencialidad en los alegatos. Desde el Colegio de Abogados y profesionales que se dedican a alegar en los tribunales de alzada valoraron la decisión y señalaron que es un derecho de la profesión.

La Corte Suprema acogió un requerimiento presentado por el Colegio de Abogados de Chile y ordenó a las Cortes de Apelaciones del país garantizar el derecho de los abogados a alegar por videoconferencia.

La medida se adoptó tras una resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había restringido esta modalidad de comparecencia, exigiendo la presencialidad en los alegatos.

En su pronunciamiento, el máximo tribunal instruyó a las cortes del país a dar estricto cumplimiento a los artículos 223 y 223 bis del Código de Procedimiento Civil, normas de carácter permanente que establecen el derecho de los abogados a optar por la comparecencia remota, siempre que se anuncie con la debida anticipación.

El presidente del Colegio de Abogados, Pedro Pablo Vergara, sostuvo que “no es una facultad del tribunal, sino un derecho del abogado”.

De esta forma, la Corte Suprema revirtió la medida del tribunal de alzada de la región antes mencionada, reafirmando el derecho a la tramitación telemática de causas, lo que fue valorado por el gremio y por litigantes de distintas regiones.

El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Las Américas, Gonzalo Lobos, valoró la medida y explicó que la tramitación electrónica ha permitido a los abogados representar causas en distintas regiones del país, sin necesidad de trasladarse físicamente.

En la misma línea, la abogada Paula Olivares del estudio Bustos Gómez sostuvo que la instrucción ayuda al ejercicio de la profesión.

De esta manera, los abogados deben pedir autorización con 48 horas de antelación a los tribunales sin requerir de una justificación para alegar a través videoconferencia.