A través de un requerimiento, destacando su trabajo "constante e ininterrumpido", la jueza Graciel Muñoz Tapia aseguró que -en el contexto de la pandemia de Covid 19- todos los jueces trabajaron en diferentes periodos mediante teletrabajo desde sus hogares, pero igualmente un gran número de magistrados lo hicieron desde sus segundas viviendas. En ese sentido, de acuerdo a lo expresado por la también hija del ministro de la Tercera Sala de la Corte Suprema, Sergio Muñoz Gajardo, busca que se investigue a todos.
Siguen conociéndose detalles del caso de la jueza del Duodécimo Juzgado de Garantía de Santiago, Graciel Muñoz Tapia, hija del ministro de la Tercera Sala de la Corte Suprema, Sergio Muñoz Gajardo.
Esto, según recogió hoy el diario La Tercera, porque la magistrada reveló en su requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, respecto del artículo 311 del Código Orgánico de Tribunales (COT), que “un gran número de magistrados” trabajó, durante la pandemia, “desde sus segundas viviendas”.
Recordemos que la mencionada norma señala que “los jueces están obligados a residir constantemente en la ciudad o población donde tenga asiento el tribunal en que deban prestar sus servicios. Sin embargo, las Cortes de Apelaciones podrán, en casos calificados, autorizar transitoriamente a los jueces de su territorio jurisdiccional para que residan en un lugar distinto al de asiento del tribunal”.
Graciel Muñoz Tapia, según reveló a mediados de año la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, impartió justicia desde Europa, particularmente en Italia, situación que podría vulnerar el artículo 311 del COT.
A raíz de esto, y posterior a la publicación del artículo periodístico, la Corte de Apelaciones de San Miguel, tribunal de alzada del que depende el 12º Juzgado de Garantía de Santiago, decidió abrir un sumario administrativo para indagar eventuales responsabilidades funcionarias.
Pero la historia sigue. Y es que a inicios del mes de diciembre, Muñoz, asesorada por los abogados privados Ciro Colombara y Aldo Díaz Canales, presentó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo del Código Orgánico de Tribunales por el que se le investiga, anotándose una importante victoria por el momento: paralizar el sumario en curso en su contra. Asimismo, consiguió que la tramitación de la causa fuera “reservada”.
Pese a que inicialmente el requerimiento figuraba en la web del Tribunal Constitucional como “bloqueado”, este miércoles por la madrugada fue liberado.
Es decir, se hizo público posterior a la publicación de artículos periodísticos en la prensa. Radio Bío Bío, por su parte, analizó el requerimiento, de 39 páginas de extensión, en el que Graciel Muñoz retruca la investigación seguida en su contra por la Corte de San Miguel, en el que destaca su trabajo “constante e ininterrumpido”.
“Sobre el particular, conviene hacer presente que la imputación de infracciones de dicho carácter a la Sra. Graciel Muñoz Tapia es del todo falaz, toda vez que ella mantiene y siempre ha mantenido su residencia en el territorio nacional y, particularmente en la ciudad de Santiago, comuna de Las Condes”, señala la presentación.
No quiere caer sola
En la acción no se niega que la magistrada haya realizado teletrabajo, sosteniendo que se siguieron las instrucciones expresas e impartidas por la Corte Suprema, y que además la jueza “lo hizo de forma destacada en su rendimiento”.
Asimismo, alega una “clara afectación al derecho a la igualdad e igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, toda vez que se pretende imponerle una sanción en circunstancias que la generalidad de los funcionarios del Poder Judicial realizó trabajo remoto a propósito de la pandemia del Covid 19″.
La abogada de la Universidad de Chile, Ximena Aguirre, explicó que con esto la jueza estaría apelando a una arbitrariedad por parte de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que inició un sumario administrativo luego de una denuncia por impartir justicia desde Italia.
El recurso también señala que la aplicación del precepto impugnado importa una clara afección a la garantía de respeto y protección de la vida privada de la persona, su familia y sus datos personales, toda vez el lugar de residencia, con independencia del desempeño profesional, constituye una cuestión totalmente privada.
Pero eso no es todo. Y es que en el punto 122 del requerimiento, la jueza transparentó que “como se ha dicho, todos los jueces trabajaron en diferentes periodos mediante teletrabajo desde sus hogares, pero igualmente un gran número de magistrados lo hicieron desde sus segundas viviendas, fuera de la ciudad asiento del tribunal”.
A mayor abundamiento, como se dice en el mundo judicial, Graciel Muñoz Tapia dijo que “ninguno de ellos, como se ha expresado, ha sido investigado ni mucho menos sancionado por estos hechos”. Es decir, se puede colegir de su presentación, si la van a investigar a ella, que los investiguen a todos.