Esta normativa obliga a las automotoras a vender sus vehículos con la Placa Patente Única (PPU) instalada. De esta manera, se pretende frenar la delincuencia ante los móviles que transiten sin su patente respectiva, endureciendo las sanciones a las comercializadoras o propietarios que incumplan esta ley.

La jornada de este lunes, se aprobó la ley de “Patente Cero Días” que exige a las automotoras entregar vehículos vendidos con su patente instalada.

Así lo comunicó el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, luego de determinar la forma y los requisitos con que los vehículos circulen sin Placas Patentes Únicas (PPU).

En concreto, se oficializó la modificación a la Ley 18.290 de tránsito, la cual suprime la excepción a la exigencia de patente única para la circulación de vehículos nuevos adquiridos en Chile.

Con esto, se pretende frenar el aumento de la delincuencia, endureciendo las sanciones para aquellos móviles, ya sean nuevos o usados, que transiten sin su patente respectiva.

¿En qué consiste la ley “Patente Cero Días”?

La iniciativa obliga a que los comercializadores de vehículos nuevos los entreguen con su solicitud de primera inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación realizada. Además, con las PPU instaladas.

Esta ley fija una excepción para los móviles pesados que no pueden transportarse en camiones. Específicamente, podrán circular sin patente en las calles aquellos cuyo fin es ser vendido en una comercializadora.

Dentro de estos, se detalla que corresponderán a vehículos nuevos (pesados) los que tengan un peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos.

¿Qué sanciones contempla su incumplimiento?

Respecto a las sanciones por incumplimiento de la normativa, se establece como conductas constitutivas de infracción a aquellas comercializadoras que entreguen vehículos nuevos sin su solicitud de inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.

Por lo anterior, se calificará la conducción de vehículos sin PPU como una infracción gravísima y no grave, como ocurre actualmente.

En cuanto a las multas a las que se exponen las comercializadores que incumplan esta ley, van desde las 10 a 50 UTM (Unidades Tributarias Mensuales).

Cabe destacar que estas sanciones irán dirigidas tanto para las automotoras, como también para aquellos que no tengan la patente única instalada.