Se eliminaron las votaciones secretas en la Cámara de Diputados, tras aprobarse una modificación al reglamento. La iniciativa incluye la elección de la mesa directiva de la instancia, compuesta por un presidente y dos vicepresidentes. El escrutinio de este proceso se realizará en forma manual y a viva voz, señalando las preferencias y el nombre del diputado que conste como titular de la cédula entregada por el secretario de la Cámara.

La Cámara de Diputados aprobó una modificación reglamentaria que elimina las votaciones secretas, incluyendo la elección de sus máximas autoridades.

La propuesta indica que se elegirá, por mayoría absoluta y en votación pública, un presidente, un primer vicepresidente y un segundo vicepresidente, los que constituirán la mesa directiva.

“Esta votación se realizará mediante cédula nominativa en la forma que disponga la Secretaría General. En tal marco, se deberá votar en cada cargo por el candidato o la candidata que se estime pertinente”, señala la norma.

En ese sentido, se detalla que “el secretario de la Cámara entregará a cada diputado una cédula con su nombre, de manera tal que éste escriba en ella los nombres de las personas que elija”.

Luego, se efectuará el escrutinio en forma manual y a viva voz, señalando las preferencias y el nombre del diputado que conste como titular de la cédula. Terminado el acto, se proclamará en voz alta su resultado.

Cabe precisar que esta modificación al reglamento entrará en vigencia, con efecto retroactivo, el 1 de enero de 2021.

Diputados que presentaron iniciativa: “Es un anacronismo intolerable”

El proyecto fue presentado en 2019 por los exdiputados Matías Walker, Pablo Vidal, Fidel Espinoza, Maya Fernández, Pepe Auth, Iván Flores, René Saffirio y Loreto Carvajal, junto al diputado Diego Ibáñez.

Uno de los argumentos fue que “mantener la votación secreta de las máximas autoridades de la Cámara es un anacronismo intolerable”. También se hace referencia al artículo 8 de la Constitución, el cual indica que son públicos todos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que se utilicen.

Además, remarcaron que en otras instituciones, como el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema y el Senado, las elecciones son públicas.

Finalmente, aseguraron que sólo una ley de quórum calificado puede establecer lo contrario, por afectar los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional. En dicho contexto, apelaban que éste no era el caso del Reglamento.