La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que rechazó el recurso de protección presentado en contra de la resolución emanada por el Minsal, que estableció el Pase de Movilidad para imponer limitaciones a quienes no estén vacunados contra el coronavirus.

La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechaza el recurso de protección presentado por no vacunados contra el covid-19, puesto que el bienestar de todos está por sobre lo individual.

La Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros y ministras -Sergio Muñóz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Rodrigo Biel y Eliana Quezada- descartó el actuar ilegal del Ministerio de Salud al establecer restricciones para quienes no hayan cumplido el esquema de vacunación en contra del SARSCov-2.

Tras esto, la Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que rechazó el recurso de protección presentado en contra de la resolución emanada por el Minsal, que estableció el Pase de Movilidad para imponer limitaciones a quienes no estén vacunados contra el coronavirus.

“Las restricciones que deben soportar los recurrentes por no vacunarse no resultan desproporcionadas ni poco razonables, ya que el bienestar de la colectividad debe privilegiarse por sobre el interés individual de los actores”, se detalla en el fallo.

“Por estas consideraciones y de conformidad, igualmente, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se confirma la sentencia apelada dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique el 1 de octubre de 2021”, concluye.