La reforma para el Código de Aguas está listo para ser votado en el pleno del Senado, después esperar por una década luego que la iniciativa iniciara su tramitación en 2011.

Así, se espera que luego de la aprobación en general se abra un periodo para indicaciones, las que deberán ser revisadas por una comisión técnica y zanjadas en votación en particular.

De hacer diferencias en lo aprobado por ambas corporaciones, el proyecto pasaría a Comisión Mixta.

La iniciativa fue ingresada en marzo de 2011 por los diputados Enrique Acoorsi (PPD), Alfonso de Urresti (PS), Enrique Jaramillo (PPD), Roberto León (DC), Fernando Meza (PRSD), Andrea Molina (UDI), Leopoldo Pérez (RN), Alejandra Sepúlveda (FRVS), Guillermo Teillier (PC) y Patricio Vallespín (DC).

El proyecto se aprobó por la Cámara de Diputados el 22 de noviembre de 2016, luego de ser revisado por las comisiones de Recursos Hídricos, Agricultura y Hacienda.

Después fue tramitado en las comisiones de Recursos Hídricos, Agricultura y Constitución de la Cámara Alta, debiendo en esta última instancia sortear los reparos de constitucionalidad que hicieran tanto el gobierno y legisladores oficialistas, aprobándose el 15 de junio.

Fundamentalmente, la reforma al Código de Aguas avanzó en un artículo que refuerza la propuesta de que el agua como bien publico de todos los chilenos y chilenas.

Así, se establece el acceso como un derecho humano que deberá ser garantizado por el Estado, priorizando el uso para personas, actividades económicas de subsistencia, protección de fuentes de agua, los derechos y usos ancestrales, y sus usos en áreas protegidas.

En tanto, quedaría como última prioridad las actividades económicas con fines de lucro, siempre y cuando no pongan en riesgo las funciones previas.

Dado el carácter público de la propiedad de las aguas, se aprobó que los nuevos derechos de aprovechamiento sean otorgados como concesiones temporales de 30 años, con lo cual se termina con la figura de derecho de propiedad perpetua. También la reforma avanzó en la extinción de los derechos (tanto antiguos como nuevos) si no se hace un uso efectivo del caudal otorgado, en un plazo de 5 años para los consuntivos y 10 para los no consuntivos.

Asimismo, se estableció la obligación de informar a la Dirección General de Aguas (DGA) “todo cambio de uso de un derecho de aprovechamiento”, cuyo incumplimiento será sancionado “con una multa a beneficio fiscal de segundo a tercer grado inclusive”.

En forma unánime se determinó que en el caso de los derechos de aprovechamiento sobre aguas subterráneas y superficiales, la suspensión del ejercicio de uno o más derechos si la DGA constata que, luego de un cambio de uso, efectivamente se produzca “una grave afectación al acuífero o la fuente superficial de donde se extrae”.

En el caso que el pleno del Senado apruebe en general el proyecto se abrirá un acotado período de indicaciones, las que debieran ser revisadas por una comisión técnica y luego zanjadas por la sala en votación en particular. Si hubieren diferencias entre lo zanjado por ambas cámaras, la reforma pasaría a Comisión Mixta.