Hoy la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (Junaeb) cerraría una licitación y abriría la oferta técnica por más de $800 mil millones -de acuerdo a la entidad- para proveer desde 2021 a 2024, la alimentación de 830 mil estudiantes de siete regiones del país, equivalente al 45% de los beneficiarios a nivel nacional.

Sin embargo, una de las empresas que ha mantenido contratos con la entidad paralizó el concurso por medio de una presentación ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), argumentando la ilegalidad de las bases. En ese sentido estiman que la Junaeb está “formando un mercado anticompetitivo”, porque los criterios de evaluación técnica son “inadecuados”.

De acuerdo a la resolución adoptada por el TDLC, la Junaeb afectaría los intereses de la Distribuidora de Alimentos (Distal) y otras compañías -que si bien no recurrieron ante el organismo- coinciden en el mismo argumento.

Lea la resolución

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En el documento al que tuvo acceso la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, el TDLC estimó que la licitación de la Junaeb debía ser detenida “para resguardar el interés común (…) e impedir los eventuales efectos negativos de la conducta”.

La decisión de la entidad contó con los votos a favor de los ministros María Domper y Ricardo Paredes, mientras que las preferencias en contrario fueron de Daniela Gorab y Jaime Barahona.

Uno de los elementos jurídicos argüidos por Distal es que la Junaeb cambió uno de los criterios de evaluación, referido al comportamiento contractual de los participantes.

En estas bases, la Junaeb aplicaría un puntaje superior al tradicional a quienes no tuvieran deudas por multas impartidas por la entidad estatal dependiente del Ministerio de Educación, como lo ha establecido la Contraloría.

Lea la presentación de la empresa

Actualmente un grupo de empresas, entre las que se encuentra Distal, adeudan en total una suma superior a los 53 mil millones de pesos, según el director de la Junaeb, Jaime Tohá. Sin embargo, desde algunas las compañías afectadas, sostienen que parte de los montos que adeudan se encuentran prescritos y no podrían ser cobrados por la autoridad.

En la presentación que hizo Distal ante el TDLC, cuestionó otros acápites de las bases. Algunos de ellos tienen que ver con la calidad del producto que se entrega a los estudiantes, como también la calidad de los servicios, la “aceptabilidad de sus preparaciones”, la “correcta ejecución de las técnicas culinarias”, entre otras.

El patrocinante de Distal frente al TDLC es el abogado Gastón Gómez, destacado constitucionalista, exmiembro de la Comisión Rettig y el jurista elegido por La Moneda para impugnar el segundo retiro de las AFP ante el Tribunal Constitucional (TC).

Lea aquí el informe de la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados.

Al igual Distal, Socer y Merkén -proveedoras de Junaeb- recurrieron a la Corte de Santiago y al Tribunal de Compras Públicas (TCP), respectivamente. En sus presentaciones sostienen que las multas aplicadas por la Junaeb son arbitrarias.

Sin embargo, el criterio de la Contraloría, tanto en dictámenes, como en distintas auditorías a la Junaeb ha sido enfática: el jefe del servicio tiene la obligación legal de aplicar las multas a quienes mantienen contratos con el Estado, cuando no cumplen la normativa. De lo contrario, ha advertido el organismo fiscalizador, se iniciarán sumarios y juicios de cuentas para recuperar el dinero.

El director de la Junaeb, Jaime Tohá, reconoció que Distal, junto a Socer y Merkén, tres más importantes del rubro, son las que mantienen multas importantes con el Fisco.

“Estamos hablando de una sola empresa (Distal) debe más de mil millones de pesos”, aseguró.

“Lo que nosotros creemos es que esta deuda con el Estado se tiene que saldar. Las empresas que quieren seguir siendo parte del sistema, de seguir prestando servicios al Estado no pueden tener estos niveles de mora”, agregó.

Estrategias

En el mundo de las compras públicas es tradicional que las empresas que mantienen contratos con el Estado busquen paralizar licitaciones cuando estiman que sus intereses se ven perjudicados. Ello se realiza, por ejemplo, ante el TDLC o bien ante el Tribunal de Contratación Pública (TCP).

De prosperar la decisión del TDLC, la Junaeb estará obligada a ejecutar un trato directo con las empresas proveedoras recurrentes, ya que el servicio no puede ser detenido.

Las diferencias entre las compañías de alimentos con el Estado no son nuevas y se arrastra por varios años, precisamente por la interpretación que indica desde cuándo comienza a regir la multa.

Entre las empresas deudoras, se asegura, que buscan negociar con la autoridad una parte de la mora, mas no el total, ya que lo consideran una ilegalidad.

Tohá diverge: “Lo que nosotros creemos que la deuda con el Estado debe saldarse si es que las empresas quieren seguir siendo parte del sistema, de seguir prestando servicios”.

“No pueden tener estos niveles de mora y dilatar de manera eterna en el tiempo el ponerse al día con sus deudas”, agregó.

En contrario, una de las firmas estima que es “usual que las empresas que prestan el servicio tengan multas porque llegó puré en vez de arroz, por ejemplo”.

“Junaeb al finalizar el contrato con la empresa debe cerrarlo en un plazo de tres meses y en ese cierre se explicitan las multas y también los llamados procesos de excepción que corresponden a los casos en que la escuela falló, por ejemplo hubo que llevar más alimentos que lo pactado”, sostienen.

“Ahora en estas bases quieren obligar a las empresas a que paguen multas que por el tiempo están prescritas y a la espera de que un tribunal lo dictamine. En otros casos son multas antiguas que ahora se las comunican a las empresas”, sostiene una de la compañías.

Desde la Junaeb indican que se trata de un contrasentido. Se cursan las multas, sostienen, las empresas apelan, pueden tardar años, mientras siguen siendo proveedores del Estado, sin pagar los castigos pecuniarios. Y al mismo tiempo obtener recursos frescos de las arcas fiscales.

Socer, en tanto, mantiene vigente un recurso de protección en contra de la Junaeb ante la Corte de Apelaciones de Santiago, cuya resolución está pendiente. Merkén por su parte hizo lo propio ante el TCP, pero el órgano descartó suspender la licitación.

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