El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago fijó para el 12 de abril la audiencia de cierre de la investigación por el mega fraude en Carabineros, registrado entre 2006 y 2018, cuyas pérdidas para el Fisco superan los 28 mil millones de pesos.

Ese día el fiscal Eugenio Campos podría plantear el cierre o solicitar un breve plazo, no más de 15 días, para realizar diligencias pendientes o a solicitud de las partes.

La defensa de al menos cuatro de los imputados evalúa si se adherirán al cierre de la investigación.

Desde el Ministerio Público adelantaron que el persecutor llevará a juicio oral a 35 de los 130 imputados en la causa, enfocándose en los oficiales que conformaban la asociación ilícita encabezada presuntamente por el ahora exdirector de Finanzas, el general retirado Flavio Echeverría, y el matrimonio conformado por Mario Figueroa y María Rojas, que recibieron cerca de tres mil millones de pesos.

El resto, en su mayoría civiles y uniformados, que prestaban sus cuentas corrientes para defraudar al Fisco, serán sometidos a salidas alternativas, como un proceso abreviado y suspensión condicional del procedimiento.

Yerco Polanco, abogado de cuatro oficiales imputados, adelantó que si bien aún evalúan pedir nuevas diligencias, apoyarán al fiscal Campos si pretende cerrar e ir a juicio oral.

Esta es la principal arista: fraude fiscal, malversación de caudales públicos, asociación ilícita, lavado de activos y falsificación, delitos reiterados y cuyos autores podrían arriesgar hasta 20 años de cárcel.

Las otras investigaciones son el presunto mal uso de gastos reservados que afecta presuntamente al ex general director de Carabineros, Eduardo Gordon, las irregularidades de las dobles pensiones y la desaparición de un sumario en la Contraloría que podría haber detectado en 2010 este mega fraude.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)