La Corte Suprema rechazó el recurso de amparo presentado por condenado por crímenes de lesa humanidad y no le reconoció al recurrente el derecho a la libertad condicional por mantener procesos pendientes de similares características.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. La misma que había reconocido el derecho al interno Luis Felipe Polanco Gallardo, ex piloto del Ejército, quien se encuentra preso en Punta Peuco por delitos de encubrimiento de homicidio y secuestro, relativos al caso “Caravana de la Muerte”.

“(…) Acredita que el amparado es objeto de un juzgamiento penal en curso por diversos ilícitos de la misma naturaleza al que ya fue materia de condena, circunstancia que impide concederle actualmente la libertad condicional, por no hallarse cabalmente dilucidada su situación procesal penal de manera definitiva”, sostiene el fallo del máximo tribunal.

Según dicta el informe de la Corte de Apelaciones de Santiago, Polanco, de 73 años de edad, si bien registra buena conducta como interno, su evaluación psicológica es negativa: no tiene conciencia del daño causado por su delito, ni se atribuye mayores responsabilidades, además de justificar actos delictuales.

Por tanto, concluye que: “se revoca la sentencia (…) dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago y, en su lugar, se declara que se rechaza la acción de amparo deducida en favor de Luis Felipe Polanco Gallardo“.