Si las acreencias no son cobradas luego de tres años desde que se publica el listado anual, el dinero será enviado al Fisco.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó este miércoles que ya está disponible el nuevo y actualizado listado de las Acreencias Bancarias afectas a caducidad.

Las acreencias corresponden a aquellos recursos a favor de terceros, depositados en bancos o cooperativas, que no han sido cobrados o no registran movimientos en un período de dos años.

En términos más simples: son dineros que el usuario no cobró, por desconocimiento u olvido. Es importante cobrar dichos montos, ya que están sujetos a caducidad.

Cómo saber si tengo una Acreencia Bancaria

Sólo escribiendo el nombre el sistema mostrará automáticamente si la persona tiene un dinero por cobrar en algún banco o cooperativa.

El enlace directo para revisar si se tiene una acreencia es https://acreencias.cmfchile.cl/

En caso de que el buscador arroje la existencia de una acreencia, la persona debe acudir directamente a la institución señalada -con su cédula de identidad- para recuperar el monto indicado.

210.102 acreencias por más de $95,6 mil millones

La Ley General de Bancos señala que luego de dos años en que un depósito, captación o cualquier otra acreencia a favor de terceros no haya tenido movimiento o no haya sido cobrada, debe ser informada mediante una publicación en el Diario Oficial y a la CMF.

Según la información recopilada y difundida por la CMF, en 2023 se contabilizan 210.102 acreencias en 19 instituciones supervisadas, por más de $95,6 mil millones.

De ese monto, $84,7 mil millones son acreencias expresadas en moneda nacional, mientras que también hay acumulados cerca de 12,3 millones de dólares y más de 1,1 millones de euros, entre otras monedas.

Si las acreencias no son cobradas luego de tres años desde que se confecciona y publica el listado anual de acreencias sujetas a caducidad, la institución financiera deberá ingresar al Fisco esos recursos.

“Así, a contar de esta publicación las personas que mantengan acreencias tienen un plazo de tres años para cobrarlas”, sostuvo la CMF.

Según el artículo 87 de la Ley General de Cooperativas, este año la publicación de la CMF incorpora las acreencias informadas por las cooperativas de ahorro y crédito fiscalizadas por la Comisión.