La empresa de reparto cometió dos delitos según la legislación española: ocultar la relación laboral de estos trabajadores y, por consiguiente, la falta de cotización a la Seguridad Social de la empresa por estos trabajadores.

La Inspección de Trabajo de España impuso casi 79 millones de euros en multas a la empresa española Glovo, dedicada a la compra, recogida y envío de pedidos a través de repartidores, al considerar a más de 10.600 de estas personas como falsos autónomos, es decir que trabajan para la empresa, pero que ésta no los tiene en plantilla.

Las multas se impusieron en Barcelona, por valor de 63,2 millones de euros, y en Valencia, por 15,7 millones.

En Barcelona, los inspectores constataron la relación que une a la empresa con al menos 8.331 empleados, hasta ahora trabajando como autónomos, es decir, se tenían que pagar sus propias cotizaciones a la Seguridad Social como si trabajaran por su cuenta, cuando en realidad trabajaban para Glovo.

Esta empresa de reparto cometió dos delitos según la legislación española: ocultar la relación laboral de estos trabajadores y, por consiguiente, la falta de cotización a la Seguridad Social de la empresa por estos trabajadores.

En Valencia, la Inspección confirmó la relación laboral con 2.283 trabajadores y levantó acta por los mismos dos delitos que en Barcelona.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, confirmó hoy estas multas, así como la regularización de más de 10.600 trabajadores de la empresa de reparto Glovo.

Regularización

En los últimos años ha habido en España multitud de sentencias de tribunales sobre la situación de estos trabajadores y para unificar doctrina, en 2020 el Tribunal Supremo estableció que Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio.

Además, es titular de los activos esenciales para la realización de la actividad, los repartidores o “riders”.

Para recoger lo ya sentenciado por los tribunales, en agosto del pasado año el Parlamento español aprobó la denominada “ley Rider”, que establece la presunción de asalariados de los repartidores autónomos en plataformas, y daba tres meses de plazo a las empresas para adaptarse a la nueva situación.

Un año después, ni Gobierno, sindicatos o empresas facilitan una cifra de cuántos repartidores habrían pasado de autónomos a asalariados, en un sector muy competitivo.

Desde los sindicatos denuncian que Glovo es una de las empresas de reparto que sigue operando con más autónomos.

En lo que va de año esa compañía de reparto, fundada en 2014, suma ya 42,2 millones de euros en liquidación de cuotas a la Seguridad Social y otros 84,4 millones por infracciones, a lo que se suman sanciones por 14.000 euros en dos actas de obstrucción a la labor inspectora.