Con el fin de la mayoría de las clases, muchos jóvenes aprovechan el verano para trabajar a medio tiempo o tiempo completo, y así lograr algunos ahorros o financiar algún proyecto o viaje.
En este contexto, la Dirección del Trabajo (DT) recordó cuáles son los derechos laborales de este segmento poblacional, en especial aquellos que por primera vez se integran al mundo del trabajo.
Para ello, están distribuyendo cartillas impresas y digitales con información sobre el contrato de trabajo, la jornada laboral, remuneraciones, mantención de calidad de carga de sus padres y las particularidades del trabajo de los menores entre 15 y 18 años.
Los derechos de los trabajadores de verano
Como punto principal, la DT recordó que el contrato de trabajo es obligatorio y exigido por el Código del Trabajo, donde su artículo 10 especifica las estipulaciones de su contenido.
En caso que la persona sea menor de edad -desde los 15 en adelante- deberá contar con autorización expresa del padre o madre.
A falta de ellos, podrá ser el “abuelo o abuela paterno o materno; o a falta de éstos, de los guardadores, personas o instituciones que hayan tomado a su cargo al menor, o a falta de todos los anteriores, del inspector del trabajo respectivo”, según estipula el artículo 13 de la normativa.
También se debe acreditar que terminó la educación media o está cursando media o básica.
A su vez, no pueden trabajar más de ocho horas diarias; sus trabajos deben ser ligeros, que no perjudiquen su salud y el empleador deberá registrar el contrato en la DT que le corresponda.
“Si es carga familiar y su empleo no supera los 3 meses en cada año calendario, conservará esa calidad para todos los efectos legales”, recordó el organismo fiscalizador.
Otros aspectos destacados fueron los tiempos de descanso, que no pueden ser menor a 30 minutos destinados para colación, período que no es parte de la jornada, además del descanso semanal que, por regla general, corresponde a los días de descanso obligatorio -domingos y festivos-.
En caso de que un joven trabaje un domingo o festivo, la persona tiene derecho a un día de descanso en la semana.
Y los empleadores también tienen la obligación de tomar medidas para proteger la vida y salud de los trabajadores, manteniendo condiciones de higiene y seguridad y proveyendo implementos para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
En verano, también deben contar con un programa de protección contra la radiación UV, haciendo gestiones para disponer de elementos de protección de forma gratuita para sus trabajadores.