La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una decisión de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que aplicó una multa de 1.500 UF (casi $46 millones) a la compañía de seguros Metlife, “por renovación sin consentimiento de una póliza de un seguro médico”.

En la sentencia, la Octava Sala del tribunal de alzada consideró que la sanción se encuentra “bien aplicada”.

“(…) Para que exista un contrato –en este caso de seguro- se requiere un acuerdo de voluntades, de lo contrario no puede hablarse de contrato y por ello, no se discute que debió existir un consentimiento previo para el perfeccionamiento del mismo, consentimiento que no se obtuvo en forma preliminar sino en forma posterior cuando se intentó regularizar la situación denunciada”, dice el fallo.

Y agregó que Metlife reconoce que no obtuvo el consentimiento de quienes figuraban como titulares en las respectivas pólizas y que tampoco se obtuvo la voluntad de quienes figuraban como cargas o dependientes.

En ese entendido, “acierta la Comisión para el Mercado Financiero cuando estima que el universo de personas afectadas asciende a 11.748, por cuanto se trata de sujetos de derecho que se vieron involucrados en un contrato para el cual no habían consentido bajo forma alguna”, puntualizó el fallo.

La Corte de Santiago también precisó que la diferenciación entre titular del seguro y carga o dependiente para estos efectos no tiene incidencia, en la medida que las personas incorporadas provisoriamente a la póliza fueron 11.748 y respecto de todas ellas se cobró una prima.