La Organización de Consumidores y Usuarios, Odecu, presentó un recurso de reposición ante la Fiscalía Nacional Económica para frenar adquisición de la empresa eléctrica CGE por parte de la estatal de origen chino State Grid.

“La operación económica implicará para CGE un grado de integración vertical, en lo que respecta a generación y distribución de energía que, de acuerdo con la abundante experiencia internacional, podría implicar incrementos injustificados en el precio de la energía para los consumidores finales”, indica Odecu.

Además, sostiene en un comunicado que la Fiscalía Nacional Económica no explicó sus razones para aplicar ciertas medidas ante esta adquisición, que a su juicio perjudicaría a los consumidores.

“La FNE no justificó porque a su juicio carece de competencias exclusivas o concurrentes para aplicar dicha norma;
tampoco justificó porque, a su juicio, su aplicación es una facultad exclusiva de la SEC; no aplicó el deber de coordinación administrativa con la SEC respecto de la aplicación de dicha normativa; ni justificó la no aplicación del deber de coordinación administrativa, como lo exige la ley”, indica el comunicado.

Asimismo, para Odecu, la FNE no cumplió con el deber de coordinación con la SEC ni justificó su no aplicación en este caso, como exige la ley, al indicar en su resolución sucintamente: “OFÍCIESE a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, adjuntándose copia de la presente resolución, así como del Informe de Aprobación de la División de Fusiones de esta Fiscalía, de fecha 31 de marzo de 2021, con el objeto de que sea la autoridad competente la que determine el cumplimiento del artículo 7 de la LGSE, si procediere”.

Finalmente, a juicio de ODECU, la Resolución de aprobación por adquisición de control por parte de State Grid International Development Limited en NII Agencia en Compañía General de Electricidad S.A. y otros, objeto del presente recurso de reposición, “no cumple los requisitos mínimos de toda resolución” al no establecer el régimen de recursos aplicable.