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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, confirmó la posible eliminación de la franquicia tributaria del Sence en la reforma de José Antonio Kast, con un ahorro fiscal de US$300 millones. Criticada como un error histórico, algunos temen por la empleabilidad. La franquicia permite a empresas descontar inversiones en capacitación de impuestos, beneficiando a trabajadores y potenciales empleados. Requisitos incluyen ser contribuyente de primera categoría y tener planilla superior a 35 UTM. Aunque no implica el fin del Sence, la medida eliminaría este incentivo a las empresas.

Revuelo ha causado la noticia que confirmó el ministro de Hacienda, Jorque Quiroz, quien informó sobre una eventual eliminación de la franquicia tributaria del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), como parte de la reforma del gobierno de José Antonio Kast.

La decisión, enmarcada en el Plan de Reconstrucción Nacional, permitiría un ahorro fiscal estimado en US$300 millones anuales, según el Ejecutivo.

Algunos calificaron esta medida como un “error histórico” y que, de confirmarse, significaría una “sentencia de muerte laboral para miles de chilenos”. Sin embargo, y pese a los cuestionamientos, la mayoría no tiene muy claro qué se entiende realmente por este concepto.

¿Cómo funciona la franquicia tributaria?

De acuerdo a Sence, la franquicia tributaria “permite a las empresas clasificadas por el SII como contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley del Impuesto a la Renta, descontar del impuesto a pagar, los montos invertidos en Programas de Capacitación para trabajadores, potenciales trabajadores (Pre contrato) o ex trabajadores de la empresa (Post contrato), con los alcances, límites y montos que dispone la ley N°19.518“.

Es decir, la franquicia tributaria “financia la capacitación (de un mínimo de 8 horas cronológicas) y/o la Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (que reconoce formalmente los conocimientos, capacidades y aptitudes para ejecutar funciones específicas de un puesto de trabajo, independientemente de cómo las hayan adquirido) de mujeres y hombres mayores de 15 años, sean trabajadores/as o personas que no se encuentren vinculadas a la empresa, aportando a la sostenibilidad y crecimiento de estas”.

Pueden acceder a este beneficio las empresas contribuyentes de primera categoría, que generen ingresos principalmente a partir de actividades comerciales, industriales o mineras, y que cumplan con:

• Tener una planilla de remuneraciones imponibles superior a 35 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
• Pagar las cotizaciones previsionales de sus trabajadores y trabajadoras.

Hay que dejar en claro que esta medida no implica el fin de Sence y su sistema de capacitaciones. Lo que cambiaría es que ya no existiría este incentivo tributario (hasta el 1% de la planilla anual de remuneraciones de trabajadores, extrabajadores y potenciales trabajadores) a las empresas por capacitar a sus colaboradores.

Para utilizar de manera óptima la franquicia tributaria, la empresa debe seguir los siguientes pasos:

• Definir las necesidades de capacitación y/o proceso de evaluación de la empresa.
• Conformar el Comité Bipartito de Capacitación.
• Revisar el plan anual de capacitación y/o proceso de evaluación.
• Buscar y designar al organismo ejecutor, a través de un Organismo Técnico de Capacitación (OTEC), relatores (externos o internos) o centro evaluador.
• Elegir la vía por la que se realizará la actividad. Puede ser directa o intermediada a través de un Organismo Técnico Intermedio para Capacitación (OTIC).
• Realizar la capacitación y/o proceso de evaluación.
• Certificar el gasto y obtener beneficios tributarios, si cumple con los requisitos.