Revuelo ha causado la noticia que confirmó el ministro de Hacienda, Jorque Quiroz, quien informó sobre una eventual eliminación de la franquicia tributaria del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), como parte de la reforma del gobierno de José Antonio Kast.
La decisión, enmarcada en el Plan de Reconstrucción Nacional, permitiría un ahorro fiscal estimado en US$300 millones anuales, según el Ejecutivo.
Algunos calificaron esta medida como un “error histórico” y que, de confirmarse, significaría una “sentencia de muerte laboral para miles de chilenos”. Sin embargo, y pese a los cuestionamientos, la mayoría no tiene muy claro qué se entiende realmente por este concepto.
¿Cómo funciona la franquicia tributaria?
De acuerdo a Sence, la franquicia tributaria “permite a las empresas clasificadas por el SII como contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley del Impuesto a la Renta, descontar del impuesto a pagar, los montos invertidos en Programas de Capacitación para trabajadores, potenciales trabajadores (Pre contrato) o ex trabajadores de la empresa (Post contrato), con los alcances, límites y montos que dispone la ley N°19.518“.
Es decir, la franquicia tributaria “financia la capacitación (de un mínimo de 8 horas cronológicas) y/o la Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (que reconoce formalmente los conocimientos, capacidades y aptitudes para ejecutar funciones específicas de un puesto de trabajo, independientemente de cómo las hayan adquirido) de mujeres y hombres mayores de 15 años, sean trabajadores/as o personas que no se encuentren vinculadas a la empresa, aportando a la sostenibilidad y crecimiento de estas”.
Pueden acceder a este beneficio las empresas contribuyentes de primera categoría, que generen ingresos principalmente a partir de actividades comerciales, industriales o mineras, y que cumplan con:
• Tener una planilla de remuneraciones imponibles superior a 35 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
• Pagar las cotizaciones previsionales de sus trabajadores y trabajadoras.
Hay que dejar en claro que esta medida no implica el fin de Sence y su sistema de capacitaciones. Lo que cambiaría es que ya no existiría este incentivo tributario (hasta el 1% de la planilla anual de remuneraciones de trabajadores, extrabajadores y potenciales trabajadores) a las empresas por capacitar a sus colaboradores.
Para utilizar de manera óptima la franquicia tributaria, la empresa debe seguir los siguientes pasos:
• Definir las necesidades de capacitación y/o proceso de evaluación de la empresa.
• Conformar el Comité Bipartito de Capacitación.
• Revisar el plan anual de capacitación y/o proceso de evaluación.
• Buscar y designar al organismo ejecutor, a través de un Organismo Técnico de Capacitación (OTEC), relatores (externos o internos) o centro evaluador.
• Elegir la vía por la que se realizará la actividad. Puede ser directa o intermediada a través de un Organismo Técnico Intermedio para Capacitación (OTIC).
• Realizar la capacitación y/o proceso de evaluación.
• Certificar el gasto y obtener beneficios tributarios, si cumple con los requisitos.