El destino judicial de los primeros condenados por el fraude tributario más grande de Chile
25 imputados por el fraude tributario más grande en la historia de Chile ya han sido condenados en procedimientos abreviados. De ellos, uno cumplirá pena efectiva en la cárcel, Marco Urrutia Galleguillos.
Según antecedentes a los que accedió Bío Bío Investiga, las sentencias comenzaron a ser dictadas en noviembre de 2025. La última condena cayó el pasado 26 de mayo.
Tal como reveló esta Unidad de Investigación, la trama explotó en diciembre de 2023, cuando en operativos simultáneos, la Fiscalía Metropolitana Occidente y la Policía de Investigaciones desbarataron una red de emisores de facturas falsas que operaba en todo Chile. El perjuicio fiscal giraba en torno a los 240 mil millones de pesos.
La organización —según la indagatoria del Ministerio Público— estaba liderada por José Pávez Canessa y sobre su figura convergieron conexiones con los cuatro clanes investigados. En total, 55 personas fueron detenidas.
La sofisticada red de sociedades consiguió emitir y facilitar facturas falsas a otras empresas. Éstas, a su vez, eran registradas en la contabilidad de las firmas receptoras e incorporadas en sus declaraciones de impuestos.
Los condenados
De acuerdo con documentos judiciales tenidos a la vista por este medio, las primeras condenas se registraron el 12 de noviembre de 2025.
Allí fueron sentenciados Galvarino Corral Abarca, Cecilia Ampuero Meza y Francisco Ampuero Meza. El primero fue condenado a 197 días de presidio menor por asociación ilícita. Cecilia deberá purgar 259 días por el mismo delito, además de 541 días y una multa de 200 UTM (unos 14,3 millones de pesos) por lavado de activos. Francisco hará lo propio: 61 días por asociación ilícita, 541 días y multa de 200 UTM por lavado de activos, además de otros 541 días por porte de arma y municiones.
14 días después, el 26 de noviembre fue el turno de Carla Ballesteros González (470 días por asociación ilícita).
Ya a mediados de febrero de este año, fueron sentenciados Alexander Birchmeier Almarza (602 días de presidio y dos multas de $19,4 millones y $102 millones por delitos tributarios), Dhamarys Valenzuela Godoy (541 días y multa de $500 mil por delitos tributarios) y Osvaldo Sacco Croxatto (tres años y un día, más una multa de 327 millones por delitos tributarios, además de otros 541 días por infringir la Ley de Control de Armas).
En marzo recién pasado fue el turno de Robert Marlon Mondaca Gómez (541 días), Sally Andrea Franco Aguilera (300 días como cómplice de asociación ilícita y comiso de $2 millones) y Joaquín Andrés Alegría Tapia (541 días y disolución de su sociedad: Distribuidora ENI).
La lista la completan:
Condenados el 13 de abril de 2026
Jorge Riffo Bobadilla.
Jorge Andrés Baier Dattoli.
Danilo Cristian Tarque Vega.
José Alfredo Rivas Cuevas.
Sergio Saavedra Manríquez.
Eduardo Toro Guerrero.
Jorge Andrés Cuello Leyton.
Sergio Concha Ríos.
Alejandro Casanova Pincheira.
Alejandra Fuentes San Martín
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Condenados el 12 de mayo de 2026.
Andrés Galaz Rojas.
Hernán López Monardes.
Facturas falsas
A fines de mayo de este año, también cayeron las condenas contra Marco Urrutia Galleguillos, Emilio Smok Issa y Olga Barraza Quezada. El primero de ellos es el único que tendrá cárcel efectiva.
Los documentos exponen que desde 2014, Smok participó principalmente del clan “Croxatto”. Ésta operó desde el año 2016 al 2020 y tenía como líder a Osvaldo Sacco Croxatto, quien a su vez era representante legal de la sociedad “Torino Spa”. Fue a través de esta empresa que logró defraudar al fisco por más de $422 millones en impuestos a las ventas y servicios.
Smok tenía la función especifica, según la condena, de proveer facturas ideológicamente falsas a Torino Spa a través de “Confección y distribución Emilio Smok Issa”, su propia empresa. A través de esta logró emitir 101 facturas falsas “con la finalidad de posibilitar la comisión de ilícitos tributarios por parte de Sacco Croxatto”.
Su mecanismo, según explica el documento, fue rebajar de “manera fraudulenta e ilícita su carga impositiva y tributaria mediante la utilización de facturas ideológicamente falsas emitidas por seis proveedores de facturas”.
Dentro de estas seis empresas estaba Distrito 56, vinculada a José Pávez Canessa.
Rebaja de multa
En concreto, Smok facilitó estas 101 facturas falsas por operaciones comerciales que nunca existieron. El objetivo era registrarlas en los libros de contabilidad e incorporarlas en la declaración de impuestos. Esto posibilitó una rebaja tributaria, y a su vez, un traspaso de crédito fiscal de más de $59 millones.
Con estos antecedentes la fiscalía lo acusó de asociación ilícita y delitos tributarios reiterados y consumados. Pidieron 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo y una multa de 40 UTA.
Sin embargo, la defensa de Smok pidió una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y que le rebajan la multa por tener una pensión de $150 mil pesos.
“La petición se fundamenta en que cumple con los requisitos objetivos y subjetivos, sustentados por un Informe Psicosocial que destaca su perfil: 69 años de edad, pensionado y casado con dos hijos. El peritado no presenta un perfil criminológico ni una orientación delictual”, expusieron.
Así las cosas, y debido a que el abogado del Servicio de Impuestos Internos no se opuso a la rebaja de la multa, se le condenó a 61 días de presidio menor en su grado mínimo más tres años y un día de presidio menor en su grado máximo.
Su multa quedó en cinco Unidades Tributarias Anuales (UTA). Algo así como $4,2 millones.
Perjuicio fiscal
En el caso de Marco Urrutia Galleguillos, se le condenó por lavado de activos, fraudes aduaneros y delitos tributarios.
Según la sentencia, el hoy condenado se unió al clan de Pávez Canessa entre 2014 y 2020. Durante ese periodo y en conjunto con sus brazos operativos se dedicó a “administrar de facto una sofisticada red de sociedades que emitían y facilitaban facturas falsas a otras empresas a cambio de una comisión económica.
“Asimismo, la organización criminal se dedicaba a auto emitirse este tipo de documentos tributarios para dar una fachada de autenticidad a las operaciones comerciales que consignaban sus facturas”.
Urrutia también usó su sociedad para emitir boletas falsas. Bajo el nombre de Inmobiliaria y Constructora Marazul, emitió facturas a las empresas de Pávez Canessa por un perjuicio fiscal de $1.253 millones.
En simple, disminuyó el impuesto a la renta que debía pagar al presentar el Formulario N°22 alterado.
“Incorporó en la partida de gastos y/o costos de estas declaraciones impositivas, los montos netos de 187 facturas falsas emitidas por 3 sociedades administradas de hecho por JOSÉ ANTONIO PÁVEZ CANESSA, documentos tributarios que dan cuenta de operaciones que nunca se realizaron (…) Maniobra ilícita que le permitió rebajar artificialmente la base imponible que sirvió para la determinación del Impuesto de Primera Categoría que declaró y pagó, generando un perjuicio fiscal que Asciende a $371.886.899”.
También aumentó indebidamente el IVA y el Impuesto Específico Petróleo Diésel, créditos fiscales a los que tenía derecho.
Emitió 239 facturas falsas por un perjuicio fiscal de más de $837 millones.
Lujos y bienes
Las ganancias que generó Urrutia Galleguillos a través de estos delitos le permitieron alcanzar un patrimonio de $25.342 millones.
“Adquirió diversos bienes y realizó inversiones que se tradujeron en un incremento patrimonial injustificado de cada uno de sus integrantes en función a los ingresos formales que registraban”.
Se compró vehículos al contado, invirtió $25 millones en fondos mutuos y abrió otras empresas ficticias para seguir emitiendo boletas falsas.
El Ministerio Público pidió 541 de presidio menor en su grado medio y multa del 50% del tributo eludido, es decir, $185 millones. Eso, solo por el delito de asociación ilícita.
Por los otros delitos tributarios pidió que pagara una multa de $837 millones.
único imputado con cárcel
La defensa pidió una rebaja. El SII alegó que no se le podía rebajar la multa porque “si bien la multa solicitada es alta, el mal causado también lo es”.
Por haber renunciado al juicio oral y tener un juicio abreviado consiguió que se le eximieran las costas y el tribunal lo condenó a 61 días de presidio menor por el delito de asociación ilícita. Además de 1.623 días por infracciones al Código Tributario y otros 300 días por lavado de activos.
A lo anterior se le sumaron tres multas por un total de $533 millones y 20 UTM por lavado de activos.
El total de su condena sumó cinco años, cinco meses y nueve días. Por ende, Marco Urrutia Galleguillos será el único imputado que cumplirá pena con cárcel efectiva.