El Senado aprobó una norma enmarcada en la denominada Agenda Corta Antidelincuencia. En un principio se indicó que ésta estaba dirigida a los fiscales del Ministerio Público, afirmación que fue desmentida por la Fiscalía Nacional.

Según publicó un medio nacional, durante la discusión se propuso aumentar a 90 días el plazo de reserva de la investigación de 45 días que la Fiscalía tenía, a lo que se suma lo solicitado por el propio ente persecutor: “pena de presidio menor en su grado mínimo a medio” para quienes filtren el trabajo de los fiscales.

Ante esto, la Fiscalía Nacional subió un comunicado en su sitio web en donde se explica que “el día de hoy el periódico La Tercera ha publicado una nota señalando que el Senado ha aprobado una modificación penal que tiene por objeto castigar con cárcel a los Fiscales por filtración de información”.

“La información es parcial, inexacta e induce a error al lector ya que la norma aprobada por el Senado sanciona a cualquier persona que vulnere las normas de secreto establecidas por el Código Procesal Penal. De hecho la norma aprobada no menciona en ningún momento a los Fiscales como sujeto particular de sanción, toda vez que esta situación ya estaba regulada para todos los funcionarios públicos”, señalan.

Junto con eso indicaron que “es importante destacar que el artículo 182 del Código Procesal Penal establece el secreto de la investigación para terceros ajenos a la investigación, ya que la divulgación de información durante la investigación perjudica el éxito de la investigación y las posibilidades de esclarecimiento de los hechos indagados”.