La ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Loreto Seguel, junto a la directora (s) del Servicio Electoral (Servel), Elizabeth Cabrera, explicó este sábado los alcances de la nueva ley que permite por primera vez que las mujeres embarazadas que se encuentren dentro de las seis semanas previas al parto, o con hijos recién nacidos de hasta 24 semanas, excusarse de cumplir con la tarea de ser vocal de mesa.

Desde el 27 de junio pasado que está vigente esta disposición (ley 20.682), la cual modificó la ley 18.700 Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios que permite a las mujeres con las características antes señaladas excusarse de cumplir con la función de vocal de mesa.

Cabe mencionar que son 206.745 los vocales de mesas receptoras de sufragios y 4.190 miembros de Colegios Escrutadores los que son notificados de su designación y del cumplimiento de funciones con ocasión de las elecciones presidencial, parlamentarias y de consejeros regionales del 17 de noviembre próximo.

Para excusarse bajo esta ley, las mujeres deben presentar el argumento por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva, con un certificado médico o documento que acredite estar recibiendo el subsidio de pre o posnatal (para las madres trabajadoras).

Para realizar este trámite tienen un plazo de tres días hábiles desde la publicación de los vocales de mesa y miembros de los Colegios Escrutadores, el cual culmina el próximo miércoles 30 de octubre, tras la publicación de la información este sábado.

Al respecto, la ministra Seguel manifestó que es “una nuevaley que está en vigencia y va a poder ser aplicada por primera vez en estas elecciones y de aquí en adelante. Porque lo que está claro es que muchas veces las condiciones de infraestructura, de instalaciones, no es la más adecuada para la condición que estas mujeres que están embarazadas en sus últimas etapas o recién con sus hijos nacidos, es muy difícil. Por lo tanto, esto ratifica el compromiso del Gobierno con las mujeres”, agregando que “esto es parte del proceso de excusas formales del proceso eleccionario”.

Por su parte, Elizabeth Cabrera dijo que “han sido publicados en todos los diarios y periódicos del país la designación de los miembros de las mesas receptoras de sufragios (vocales) y de Colegios Escrutadores. Es importante esto último porque antes no existía. Se están designando directamente los miembros de Colegios Escrutadores, respecto de los cuales también son aplicables las excusas en el caso de que se encuentren en alguna de las situaciones legales de los vocales de mesa”.

En tanto, además de las mujeres embarazas y con hijos recién nacidos, la legislación electoral contempla otras excusas para no der vocales de mesa, las cuales puedes revisar aquí.

Dichas excusas deben ser presentadas ante la Junta Electoral respectiva de cada votante y tiene plazo, al igual que las mujeres embarazadas con las características ya señaladas, hasta el próximo miércoles 30 de octubre.