La Corte Suprema rechazó este martes un recurso de protección contra el beneficio de la libertad dominical a condenados por el denominado Caso Degollados.

La resolución la adoptó la Tercera Sala del Tribunal máximo del país, que desechó el libelo dirigido en contra de la alcaidía del centro de cumplimiento penitenciario de Punta Peuco.

De esta manera, seguirán con el beneficio de la libertad dominical los ex carabineros Guillermo González Betancourt y José Fuentes Castro, ambos condenados por el crimen de Santiago Nattino, Manuel Guerrero y José Manuel Parada, ocurrido el 29 de marzo de 1985.

El fallo determina que no hay actuar ilegal o arbitrario de la autoridad penitenciaria al conceder el beneficio a los dos condenados, como lo denunciaban los familiares de las víctimas que interpusieron este recurso de protección.

Los jueces señalan que “consta que el recurrido actuó dentro del ámbito de sus respectivas competencias, ejerciendo facultades que le han sido otorgadas por el ordenamiento jurídico y que la decisión impugnada fue debidamente fundamentada, de lo que es posible concluir que no existe un acto arbitrario o ilegal que le sea imputable”, dice el fallo.