El Primer Juzgado de Garantía de Santiago determinó revocar la prisión preventiva de seis personas falsamente acusadas por los 10 detectives que integraron la presunta red de protección para narcotraficantes y que ayer quedaron detenidos por orden de este mismo tribunal.

Esto se determinó en una audiencia para revisar las medidas cautelares de personas detenidas en procedimientos, llevados a cabo por detectives integrantes de la Brigada de Pudahuel que fueron formalizados por la participación en diversos delitos.

En la audiencia encabezada por el juez Fernando Guzmán se determinó poner fin a la prisión preventiva de 6 personas y revocar el arresto domiciliario de una séptima.

El juez Guzmán resaltó la capacidad del sistema procesal penal de liberar a los inocentes como asimismo condenar a los culpables, en directa alusión a las críticas que han surgido en el último tiempo contra los magistrados.

Guzmán en su resolución oral señala que “El proceso penal, me refiero a la fase judicializada del mismo, no sólo tiene éxito cuando termina con una condena de privación de libertad. Es tan exitoso cuando se determina la indubitada inocencia de un imputado. También cuando los juzgadores establecen una duda razonable pues solo se debe condenar en caso que exista certeza total de culpabilidad: es preferible que un culpable esté libre que un inocente preso”, dijo el juez.

El magistrado continuó “la legitimidad de la persecución penal descansa en su sustento legal y ético. Y esa es la función esencial del juez de garantía: controlar la instrucción-investigación criminal del MP: evitar que traspase los límites tolerables y desincentivar las actuaciones ilegales. Algunos a aquello lo denominan garantismo, otros hipergarantismo incluso abolicionista (que bruto si nuestro negocio de los últimos años ha sido repletar las cárceles!!), no faltan quienes respecto de nuestra formación aluden a nuestra supuesta juventud y falta de experiencia (ojalá fuera cierto). No, esto se denomina sujeción a la ley, No criterio subjetivo, no mano en el corazón, no el bien y el mal, no el sentido común. Simplemente sujeción a la ley… ni más ni menos. Y cumplimento de roles institucionales”, apuntó el juez de garantía.

El magistrado dejó sin efecto las prisiones preventivas Reinaldo Luciano Aravena Pérez, María Silvia Penden Bugsieres, Francisco del Tránsito Salas Villar, Jocelyn Edith Alegría Guzmán, William Esteban Bustos Martínez, Angélica María Morgado Meneses, y el arresto domiciliario decretado contra Yenny Del Pilar Quijada Ocarez, quedando con obligación de comparecer mensualmente ante el Ministerio Público.