El etarra Antonio Troitiño Arranz, requerido por España para que acabe de cumplir una pena de 30 años de cárcel en aplicación de la llamada “doctrina Parot”, seguirá detenido en Londres, según decidió el martes un juez británico desestimando otra petición de libertad de la defensa.

Los abogados de Troitiño, que asistió por videoconferencia a la vista celebrada en la Corte de Magistrados de Westminster desde la prisión de Belmarsh, alegaron que el mantenimiento en detención de su cliente es “inconsistente con los principios de justicia” dado que el examen del caso puede demorarse “hasta seis meses” y puede terminar con su liberación.

El caso de Troitiño podría resultar afectado por la decisión de la Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH) sobre la polémica doctrina aplicada por la justicia española que alargó retroactivamente la permanencia en prisión de unos 70 presos de la organización armada vasca.

La Gran Sala de la corte de Estrasburgo (Francia) debe anunciar próximamente si admite a trámite el recurso presentado el 4 de octubre por España contra el fallo que en julio le instó a poner en libertad e indemnizar a otra militante de ETA, Inés del Río, a la que se le aplicó la doctrina.

“Las expectativas de que tengamos una decisión en unos días es poco realista”, declaró el abogado de Troitiño, Mark Summers. “De forma realista, hablamos de una demora de tres o hasta seis meses”, agregó.

El juez Michael Snow indicó sin embargo que “hay bases sustanciales de que el acusado no se presente” a la próxima cita judicial, debido a que fue detenido en Londres junto con otro presunto etarra y en posesión de documentos falsos, por lo que ordenó que siga detenido.

La situación de Troitiño, de 55 años, volverá a ser examinada el 13 de noviembre.

España le reclama para que cumpla los 2.096 días que le quedan de una pena de 30 años de cárcel por 22 asesinatos perpetrados en los años 80 con el “comando Madrid”, incluido uno con coche bomba contra un autobús de la Guardia Civil en la capital española en julio de 1986, en el que murieron 12 agentes y más de medio centenar de personas resultaron heridas.

Detenido en 1987, el etarra fue condenado a 2.700 años de cárcel. Tras cumplir 24 del máximo de 30 fue puesto en libertad en abril de 2011 por una interpretación judicial de los descuentos de pena que no tuvo en cuenta la doctrina Parot. La decisión fue revocada días después, pero para entonces Troitiño ya había huido del país.

La doctrina Parot es una jurisprudencia de 2006 que estipula que las reducciones de pena deben aplicarse a cada condena individualmente y no a la reclusión máxima, que en España es de 30 años.