La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por un grupo de funcionarios de la municipalidad de Cerro Navia, que exigen el pago de cotizaciones previsionales y de salud.

El tribunal de alzada, compuesto por Mauricio Silva, Dora Mondaca y el abogado integrante Bernardo Lara acogieron de esta forma el libelo formulado por 105 funcionarios de Corporación Municipal de Desarrollo Social que denunciaron el incumplimiento en la cancelación de imposiciones desde el año 2009.

El fallo establece que “es arbitrario e ilegal el descuento a los funcionarios y que no se puede argumentar que no se posean recursos para solventar ese gasto”.

“El acto por el cual se dejan de pagar las cotizaciones previsionales y de salud, ejecutado sin fundamentos de parte de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia, resulta arbitrario e ilegal, toda vez que, en rebeldía y, por ende, sin explicitar las razones adecuadas al caso, altera el derecho de dominio de los amparados al apropiarse de sus haberes previsionales y de salud la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia privándolos, entre otros, del derecho a la salud de los amparados y sus familias”, consigna el fallo.

El texto del veredicto establece que “no es óbice a lo anterior la no existencia de dineros para pagar remuneraciones y cotizaciones previsionales y de salud en base al cual Corporación Municipalidad de Desarrollo Social de Cerro Navia aduce haber actuado, por cuanto son dineros de propiedad de los funcionarios que les son descontados de sus remuneraciones mensualmente por la Corporación ya mencionada, en un acto formal, según consta de las liquidaciones de remuneraciones de las personas a quienes afecta”.

Junto con acoger el recurso de protección la Corte de Apelaciones ordenó a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia efectuar los pagos de las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas a los recurrentes; remitir los antecedentes y esta sentencia a la Fiscalía Centro Norte del Ministerio Público; remitir los antecedentes y copia de esta sentencia a la Contraloría General de la República.

Además se dispone que se aplique una multa a beneficio fiscal de 5 Unidades Tributarias Mensuales a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia.