La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución dictada por el ministro en visita Omar Astudillo, instructor del caso EFE, de rechazar el procesamiento del ex presidente del directorio de Ferrocarriles, Luis Ajenjo, por el delito de malversación de caudales públicos.

En un fallo unánime, los magistrados Alfredo Pfeiffer, Javier Moya y Mario Rojas resolvieron que “se confirma, en lo apelado, la resolución de diecinueve de enero de dos mil diez”, cuando el ministro Astudillo rechazó la solicitud del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y de los querellantes de la UDI de procesar a Ajenjo.

A comienzos de año, el CDE y los querellantes de la UDI habían solicitado procesar a Ajenjo por la malversación de 86 millones de pesos en la arista de la investigación judicial referida a los contratos suscritos por EFE con Consolida Ltda. para desarrollar el Programa de Incremento de Eficiencia (PRIE).

Sin embargo, el juez Astudillo estimó, en esa oportunidad, que si bien estaba acreditada la existencia del delito no se configuraban aún los requisitos necesarios para dictar un encausamiento contra Ajenjo, esto es, que hubiera presunciones fundadas respecto de su participación como autor, cómplice o encubridor en el ilícito investigado.

También, en esa resolución, el magistrado decretó una serie de diligencias tendientes a reunir más antecedentes.

En el denominado caso EFE se indagan una serie de irregularidades detectadas en la administración de la estatal entre 2003 y 2005.

Aquellos hechos anómalos posteriores a junio de 2005 fueron investigados por la Fiscalía por haber entrado en vigencia la reforma procesal penal. En esta indagación del Ministerio Público, Ajenjo fue absuelto.