La justicia anuló la decisión del cuerpo de concejales de la Municipalidad de Chol-Chol que había destituido de su cargo al administrador de dicha institución. La resolución de la 1° Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco dejar sin efecto el acuerdo que dispuso la remoción.

En forma unánime los ministros del tribunal de alzada acogieron el recurso de protección deducido por Baldomero Santos Vidal, contra los concejales de la municipalidad de Chol Chol, Israel Gutiérrez, Francisca Huirilef, Juan Neculhual y José Matamala. Ante ello, la concejala Huirilef dijo que recurrirán de queja ante la Corte Suprema.

El acuerdo de los ministros señala que aún cuando es efectivo que el Concejo Municipal tiene la facultad de remover al referido funcionario por acuerdo de los dos tercios de los concejales, no es menos cierto que las municipalidades y sus órganos, como el Concejo, deben ajustar sus actos a la Constitución y las Leyes, como previene la Constitución Política de la República.

Resaltan en las argumentaciones del Concejo para acordar la frustrada destitución, una serie de reparos hechos a la labor del administrador y que fueron sistemáticamente desoídos por Baldomero Santos; a modo ejemplar, la mala utilización de fondos municipales, incumplimiento a Ley de Transparencia, entrega de antecedentes falsos al Concejo, las que habrían sido representadas en distinta sesiones.