Invocando el convenio 169 de la OIT, el abogado defensor de la lonko Juana Calfunao busca conseguir la libertad condicional de la autoridad indígena condenada entre otros delitos por causar lesiones graves a dos fiscales de Temuco.
Los ministros de la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco escucharon los alegatos del recurso de protección en contra de la jefa de la unidad carcelaria femenina de Temuco y en contra del tribunal de conducta penitenciario, ya que no fundó la negativa del beneficio de libertad para Juana Calfunao, la que no obtuvo la puntuación de conducta sobresaliente.
El abogado Rodrigo Lillo, invocó el convenio 169 de la OIT, que permite resguardar la dignidad de las autoridades de los pueblos originarios, sin que ello signifique privilegios, sino un trato de acuerdo al cargo que ellos se dan como pueblo, y que han generado informes adversos en contra de la lonko que alega sus derechos con el personal encargado de su vigilancia.
Oscar González, abogado de la dirección regional de gendarmería en la araucanía señaló que la institución no ha incurrido en arbitrariedad o ilegalidad al no incorporar en la lista de postulación a la libertad condicional a la indígena, ya que los informes del régimen interno de la cárcel de mujeres, el área de trabajo y de educación no habilitaron a la lonko Juana Calfunao Paillalef para ser evaluada por el comité respectivo y obtener la libertad.
El recurso quedó en acuerdo y será relevante su fallo, por cuanto el tribunal de alzada, ya se pronuncio sobre causas donde se invoca el convenio 169 de la OIT, que se encuentra vigente desde el pasado 15 de septiembre.