La sanitaria Essbio deberá pagar una indemnización de alrededor de 80 millones de pesos a cinco familias de Chiguayante que el año 2011 fueron víctimas de un incendio en el que el trabajo de Bomberos estuvo limitado ante la ausencia de agua en los grifos del sector.

La Corte Suprema confirmó la responsabilidad de la empresa por haber permitido un corte no programado que dejó sin agua a las redes de emergencia.

Fue en septiembre de 2011 cuando el fuego se inició en la casa signada con el 955 de la calle Fragata de Chile.

De inmediato se dio la alarma a Bomberos, que concurrió al lugar para combatir la emergencia, encontrándose de inmediato con problemas de suministro de agua para el combate del siniestro, según recordó el abogado de las cinco familias afectadas, Adolfo Ortega.

Ante esto es que los vecinos acudieron de inmediato a Essbio para pedir una explicación. La sanitaria descartó su responsabilidad por lo ocurrido, por ello el caso fue llevado a la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

La repartición constató que los grifos no tenían agua a raíz de un corte no programado, situación prohibida por la ley, explicó el abogado Ortega, quien agregó que Essbio fue multada, sanción que sirvió para fundamentar la demanda acogida por la Suprema.

Se ordenó que Essbio pague cerca de 80 millones de pesos para la reparación de las casas, por la pérdida de mobiliario y el daño moral causado.

Desde la sanitaria se limitaron escuetamente a indicar que acatarán la sentencia, lo que se suma la multa que en su momento aplicó la Superintendencia de Servicios Sanitarios.