El Juzgado de Garantía de Quilpué decidió dejar en prisión preventiva al reconocido académico Leonardo León Solís, quien fue formalizado por abuso sexual reiterado tras una denuncia presentada por su hija.

Esta formalización llega luego que la Fiscalía iniciara una investigación que apunta al académico de la Universidad de Valparaíso, junto a su pareja y madre de la menor, Marisol Videla. Los abusos habrían ocurrido cuando la víctima tenía entre 5 y 6 años.

El tribunal decretó prisión preventiva para el docente, mientras que la madre quedó sin medidas cautelares. Tras la determinación, fue el abogado querellante, Cedric Macfarlane, quien aseguró que Leon Solís se constituye como un peligro para la sociedad y arriesga hasta 10 años de presidio.

El fiscal adjunto de Quilpué, Hernán Salas, fundamentó la participación de los imputados mediante los testimonios de la tía de la víctima y la propia menor que arrojó el informe elaborado por Centro de Asistencia a Víctimas de Atentados Sexuales (CAVAS) que realizó la PDI el 19 de mayo de 2016.

El documento fue desestimado por el abogado defensor, Ramón Sepúlveda, quien además adelantó que apelará dicha resolución ante el tribunal de alzada.

León, según consigna un reportaje de The Clinic, cuenta con una serie de denuncias de acoso sexual entabladas por estudiantes de la Universidad de Valparaíso, establecimiento- que a través de un sumario- logró acreditar que el docente mantuvo relaciones íntimas con alumnas en 1996.

La defensa descartó los antecedentes, mientras que desde la presidencia de la Confech en la región de Valparaíso y su Departamento de Género, calificaron de irresponsables las declaraciones, ya que aseguran el imputado se mantiene como funcionario del recinto.


Fiscalía supiera que tanto Videla como Solís pretendían viajar al extranjero. En tanto, el tribunal otorgó un plazo de 45 días para finalizar la investigación.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)