La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por un interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario ubicado en la comuna de Til Til, Lander Mickel Uriarte Burotto, a quien no se le concedió el beneficio intrapenitenciario de salida dominical.

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada descartó una infracción legal de la autoridad recurrida al negar el beneficio a Uriarte Burotto, quien cumple condena por el secuestro calificado de ciudadanos uruguayos.

“Los permisos constituyen actividades de reinserción social que otorgan gradualmente a los beneficiarios mayores espacios de libertad, siendo fundamental para su concesión el informe psicológico que dé cuenta de la conciencia del delito, del mal causado con su comisión y de la disposición al cambio, pudiendo acceder a los mismos los internos que gocen de informe favorable del Consejo Técnico (…) que se entiende lo es cuando la unanimidad de los miembros se pronuncia en forma positiva”.

Asimismo, “se entenderá que son especialmente graves, entre otros, los delitos perpetrados en el contexto de violaciones a los Derechos Humanos”, añadió.

“No sólo requería de un informe psicosocial favorable por parte del Consejo Técnico, sino que el informe debía contar con la unanimidad de los miembros que lo componen (…) Ello no ocurre en la especie, ya que consta el voto desfavorable del Encargado de Área Técnica del Consejo Técnico, según aparece de la documentación que acompañó la recurrida. No existió, por cierto, la unanimidad que exige la norma, circunstancia bastante para entender que no existe la ilegalidad o arbitrariedad que se imputa a la autoridad recurrida, lo que se constituye en una razón suficiente para rechazar el recurso”, concluye.