En la Primera Sala de la Corte de Apelaciones, presidida por el ministro Darío Carretta, se realizaron los alegatos sobre lo resuelto en primera instancia que dictó primero sentencia y que favoreció a los dueños por el caso, y solicitó oficios para informes periciales por el incendio del 28 de septiembre del 2012 que destruyó la Galería Nass y recintos comerciales aledaños en el centro de Valdivia.

Según el abogado de los locatarios, el demandante Germán Aravena, recurrió de casación porque –indicó- el juez debió acceder a oficios, esperar que llegaran y luego dictar sentencia. Asimismo señaló que apelaron a la misma, porque al faltar prueba faltaron instancias para acreditarlas o rebatirlas.

Para el profesional, el informe del Labocar de Carabineros evacuado recientemente es contundente para demostrar que la responsabilidad civil es de la demandada por el accidente eléctrico.

Según lo expuesto en los alegatos, Aravena dijo a los ministros que el informe del Labocar constata un accidente eléctrico por la cristalización interna de los cables periciados, además de una cronología de los hechos, basada en imágenes de cámaras dentro y fuera del recinto.

Ese 28 de septiembre, a las 15 horas con 30 minutos y 57 segundos, se evidencia total normalidad en la galería. A las 15 horas con 32 minutos y 22 segundos, figura un pequeño letrero en el fondo que se apaga. Ya a las 15 horas con 35 minutos y 28 segundos, se percibe humo en la techumbre de la galería.

Aravena espera que los ministros de la corte determinen que la causa vuelvan al Juzgado Civil de Valdivia y se haga un nuevo juicio, con todos los antecedentes.

En tanto, el abogado que representa a la demandada, Carlos Carnevalli, dijo que después de la sentencia emitirán declaraciones.

En los alegatos, manifestó que como parte rechazan la casación en la forma y aceptan la sentencia, pero apelando a que se remitan informes del Labocar y Bomberos, señalando que la energía se corta primero en los locales y luego en el sistema general de la galería.

Además, sostuvo que no hay responsabilidad en la administración del recinto, ya que cumplieron con todas las diligencias contractuales para reparar los riesgos eléctricos, que comenzaron a evidenciarse en 2008 y, luego, en junio de 2012.

Incluso, indicó a los ministros de la Corte que la demandante ha incurrido en perjuicios a para sus representados, por dar publicidad a imputaciones –sostuvo- sin que estén acreditados.

En cuanto a la investigación penal, el Ministerio Público cerró la indagatoria –también basado en el informe del Labocar- por no encontrar culpables ya que no habría existido dolo en el hecho.