La automotora Bilbao Autos de Osorno fue condenada al pago de $653.116 por concepto de indemnización a un cliente, quien denunció que, cuatro meses después de adquirir un automóvil, el vehículo presentó una serie de deficiencias y la empresa no respondió a sus reclamos.

Ante la nula respuesta -y a pesar de que el automóvil contaba con una garantía de dos años o 60 mil kilómetros-, el propietario dio cuenta del hecho al Servicio Nacional del Consumidor. La entidad, tras hacer de mediador entre los involucrados, logró que el denunciado se comprometiera a reparar las fallas mecánicas que el vehículo presentaba.

Tras el acuerdo, el afectado concurrió en reiteradas ocasiones a talleres mecánicos, sin embargo la máquina continuó presentando fallas adicionales a las ya denunciadas, situación que lo llevó a suspender las revisiones considerando un trabajo poco serio y denunciando posteriormente el hecho ante el Juzgado de Policía Local.

El director del Sernac en la región de Los Lagos, Sebastián Fernández, manifestó que a pesar que todo producto tiene una garantía de tres meses donde el consumidor puede exigir se cambie el producto o sea devuelto el dinero, en el caso de las automotoras cuentan con un plazo extendido, donde a partir de los 3 meses la empresa debe cumplir con lo estipulado reparando el vehículo mientras dure la garantía, siempre y cuando se compruebe que la falla no fue ocasionada por el dueño.

Fernández añadió que existe cierto grado de satisfacción por el fallo del Juzgado, ya que es poco habitual que una sentencia favorezca al cliente dado que existe todo un peritaje con el cual se busca establecer si la falla es de fábrica o por el mal uso del vehículo.

En el juicio, Bilbao Autos se defendió de las acusaciones diciendo que el consumidor debió haber agotado todas las posibilidades técnicas antes de haber retirado el vehículo del taller, pues aún quedaban trabajos pendientes.

Agregó que el ruido que señalaba el consumidor no era más que “pequeñas vibraciones” que son una “condición del vehículo” y no se trataba de una falla o defecto, agregando que el consumidor había utilizado normalmente el automóvil.

La resolución judicial, explicó el director regional del Sernac, confirma que los consumidores tienen derecho a que los productos sean de calidad y no arriesguen su seguridad.

Por su parte el dueño de la automotora, Michell Martabid, desestimó referirse al tema, aludiendo que el caso fue en 2010 por lo que tras el fallo dictado, sólo les corresponde acatar la sentencia del Juzgado de Policía Local.